WEISSER Y BERNER LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 24 de diciembre de 2020
- Repertorio
- 2226/2020
- Notario
- SANDRA ELIANA CÁRCAMO VELÁSQUEZ
- Oficio
- Tercera Notaría de Puerto Varas
- Comuna
- Puerto Varas
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Puerto Varas. Puerto Varas, 05 de Enero de 2021
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalSANDRA ELIANA CÁRCAMO VELÁSQUEZ, Notario Público Titular de la Tercera Notaría de Puerto Varas, San Bernardo 224, comuna de Puerto Varas, certifica: Que por escritura pública de fecha 24/12/2020, repertorio N° 2226/2020 ante mí, LEANDRO EUGENIO WEISSER BERNER, chileno, casado y separado totalmente de bienes, mayor de edad, empresario, cédula nacional de identidad número 8.617.461-8, domiciliado en ruta 225, kilómetro 35, sector los Riscos, de la comuna de Puerto Varas, y doña JESSICA ISABEL RICKE BRINTRUP, chilena, casada y separada totalmente de bienes, independiente, cédula nacional de identidad número 9.266.620-4, domiciliada en ruta 225, kilómetro 35, sector los Riscos, de la comuna de Puerto Varas modifican escritura pública de 26 de Agosto de 1997, que constituye Sociedad de Responsabilidad Limitada, “WEISSER Y BERNER LIMITADA” o “ONCES BELLAVISTA LTDA.”. Extracto sociedad se inscribió Registro de Comercio Puerto Varas, fojas 134, N° 92 año 1997, publicó Diario OFICIAL 2 de octubre 1997. Se modifica la cláusula tercera de la escritura de constitución de sociedad en el sentido que al objeto mencionado en ella se agregan los siguientes: a) Comercializar mediante compra, venta, comisión en otras formas todo tipo de productos agrícolas, frutícolas y pecuarios, semillas, plantas, fertilizantes, herbicidas, pesticidas y otros insumos de las actividades agrícola y agropecuaria.- b) Compra y arriendo de equipos, maquinarias, vehículos, tractores, herramientas y demás implementos de la actividad agrícola.- c) Importar y exportar por cuenta propia o de terceros los productos y especies señalados en los puntos precedentes.- d) Explotación y comercialización ganadera y forestal.- e) Realizar cualquier actividad propia de la agricultura, ganadería y forestal, y toda actividad conexa o derivada de la principal, así como cualquier otro negocio que acordaren los socios, entre otros.- Los acuerdos no modificados por la presente escritura, se mantienen plenamente vigentes. En todo lo que no se modifica por este instrumento, seguirán vigentes las estipulaciones de la escritura constitutiva. Capital: $1.000.000.- Domicilio: Puerto Varas. Puerto Varas, 05 de Enero de 2021.-