MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ESENCIA SALÓN LIMITADA

RUT 76210313-3 CVE 1878184
Fecha instrumento
16 de diciembre de 2020
Notaría
Buin

Instrumento

Fecha
16 de diciembre de 2020
Notario
Pedro Hernán Álvarez Lorca
Oficio
Primera Notaria de Buin
Comuna
Buin

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Pedro Hernán Álvarez Lorca, Notario Público de la Primera Notaria de Buin, Aníbal Pinto 269, Local 5, certifico que por escritura hoy ante mí: PAMELA MATILDE FAÚNDES NAVARRO, Cédula Nacional de Identidad número ocho millones cuatrocientos doce mil seiscientos trece guion seis, domiciliada para estos efectos en Camino Buin Maipo número dos mil seiscientos cuarenta y cinco, parcela treinta y seis B, comuna de Buin; PAMELA ANDREA STOCK FAÚNDES, Cédula Nacional de Identidad número dieciséis millones doscientos diez mil setecientos setenta y siete guion uno, domiciliada para estos efectos en Liagora número trescientos setenta y cinco, departamento ciento tres, comuna de Viña del Mar; TANYA MEGAN STOCK FAÚNDES, Cédula Nacional de Identidad número veinte millones sesenta y dos mil cuatrocientos veinte uno guion uno, domiciliada para estos efectos en Camino Buin Maipo número dos mil seiscientos cuarenta y cinco, parcela treinta y seis B, comuna de Buin; y NORMAN NELSON STOCK DONOSO, Cédula Nacional de Identidad número nueve millones ciento cincuenta y un mil quinientos doce guion uno, domiciliado para estos efectos en Camino Buin Maipo número dos mil seiscientos cuarenta y cinco, parcela treinta y seis B, comuna de Buin; Quienes modifican la sociedad “ESENCIA SALÓN LIMITADA” constituida mediante escritura pública otorgada ante doña Myriam Escobar Diaz, Notario Público, Conservador de Minas y Archivero Judicial de Buin, con fecha veinte de abril del año dos mil doce. El extracto de constitución de la referida sociedad se encuentra inscrita a fojas setenta, número setenta y seis del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Buin, correspondiente al año dos mil doce y publicado en el Diario Oficial con fecha cuatro de mayo de dos mil doce. La referida sociedad fue modificada con fecha veinticuatro de julio del año dos mil catorce, ante el Notario Público de Buin don Pedro Hernán Álvarez Lorca, bajo el repertorio número mil quinientos sesenta y siete guion dos mil catorce, cuyo extracto se inscribió a fojas ciento cuarenta y uno vuelta, número ciento cuarenta y cuatro del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Buin, correspondiente al año dos mil catorce y publicado en el Diario Oficial con fecha veintidós de agosto del año dos mil catorce. No existen posteriores modificaciones. Modificación. Uno. Doña PAMELA MATILDE FAÚNDES NAVARRO vende, cede y transfiere el veinticuatro por ciento de los derechos sociales que le corresponden en la sociedad “ESENCIA SALÓN LIMITADA”, a PAMELA ANDREA STOCK FAÚNDES quien compra, acepta y adquiere para sí a su entera satisfacción. El precio de la cesión es la suma única y total de cuatro millones de pesos que que la cesionaria paga a la cedente en este acto, al contado y en dinero efectivo, recibiendo el precio a su entera y total conformidad, quien en consecuencia da por íntegramente pagado el precio de esta cesión de derechos. Dos. Doña PAMELA MATILDE FAÚNDES NAVARRO vende, cede y transfiere el veinticinco por ciento de los derechos sociales que le corresponden en la sociedad “ESENCIA SALÓN LIMITADA” a TANYA MEGAN STOCK FAÚNDES quien compra, acepta y adquiere para sí a su entera satisfacción. El precio de la cesión es la suma única y total de cuatro millones de pesos que que la cesionaria paga a la cedente en este acto, al contado y en dinero efectivo, recibiendo el precio a su entera y total conformidad, quien en consecuencia da por íntegramente pagado el precio de esta cesión de derechos. Tres. Doña PAMELA MATILDE FAÚNDES NAVARRO vende, cede y transfiere el veinticinco por ciento de los derechos sociales que le corresponden en la sociedad “ESENCIA SALÓN LIMITADA” a NORMAN NELSON STOCK DONOSO quien compra, acepta y adquiere para sí a su entera satisfacción. El precio de la cesión es la suma única y total de cuatro millones de pesos que el cesionario paga a la cedente en este acto, al contado y en dinero efectivo, recibiendo el precio a su entera y total conformidad, quien en consecuencia da por íntegramente pagado el precio de esta cesión de derechos. Cuatro. Los comparecientes en este acto y por el presente instrumento, modifican la cláusula segunda del estatuto social, la cual indica la razón social de la sociedad, la cual a contar del día de hoy será “S Y F SALUD Y ESTÉTICA LIMITADA”, pudiendo utilizar el nombre de fantasía de “S y F Ltda”. Por lo tanto, se modifica el articulo segundo de la siguiente forma “Segundo: La razón social de la sociedad será SOCIEDAD S Y F SALUD Y ESTÉTICA LIMITADA. La sociedad podrá usar como nombre de fantasía el de S Y F Ltda.”. Cinco. Los comparecientes en este acto y por el presente instrumento, modifican la letra b) de la escritura de modificación de fecha veinticuatro de julio del año dos mil catorce, celebrada ante Notario Público de Buin don Pedro Hernán Álvarez Lorca, bajo el repertorio número mil quinientos sesenta y siete guion dos mil catorce, la cual a su vez modificó la cláusula séptima del estatuto social, en la cual consta la administración de la sociedad, la que a contar del día de hoy, será ejercida indistintamente por doña PAMELA MATILDE FAÚNDES NAVARRO, y por don NORMAN NELSON STOCK DONOSO quienes anteponiendo la razón social a sus firmas obligan a la sociedad en los mismos términos y con las mismas facultades detalladas en el pacto social constitutivo. Ingreso de socio y porcentajes. Como consecuencia de la cesión de derechos efectuada precedentemente en los números uno, dos y tres, la sociedad queda integrada por doña PAMELA MATILDE FAÚNDES NAVARRO con un veinticinco por ciento de derechos e interés social; por doña PAMELA ANDREA STOCK FAÚNDES con un veinticinco por ciento de derechos e interés social; por doña TANYA MEGAN STOCK FAÚNDES con un veinticinco por ciento de derechos e interés social; y por don NORMAN NELSON STOCK DONOSO con un veinticinco por ciento de derechos e interés social. Derechos. Los comparecientes dejan constancia que se incluye en la cesión estipulada en esta escritura todos los derechos, utilidades, saldos en cuentas corrientes, otros valores, créditos y activos o facultades que a cualquier título y cualquiera sea su origen, que tengan los cedentes, dentro de la sociedad o en contra de la misma, de tal forma que el cesionario ocupará íntegramente y en la proporción correspondiente, el lugar y la posición de los cedentes dentro de la sociedad o en relación con ella y sus consocios, subrogándose unos a otros para todos los efectos legales y contractuales. Los cedentes hacen expresa declaración que sus derechos se encuentran libres de todo gravamen o limitación de dominio. Vigencia Pacto Social. En todo lo no expresamente modificado, sigue rigiendo inalterado el pacto social que consta en escritura pública de fecha veinte de abril del año dos mil doce, suscrita ante doña Myriam Escobar Diaz, Notario Público, Conservador de Minas y Archivero Judicial de Buin.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Buin, 16 de diciembre de 2020.-