Sociedad de Inversiones Sierra Bella SpA
Instrumento
- Fecha
- 10 de diciembre de 2020
- Repertorio
- 7253/2020
- Notario
- JORGE REYES BESSONE
- Domicilio
- San Miguel
Sociedad
- Capital
- $4.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE REYES BESSONE, Notario Público Titular de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera N°4886, Comuna de San Miguel, certifica: Por escritura pública de fecha 10 de diciembre de 2020, bajo repertorio N° 7253/2020, ante mí, Marta Debora Rosenzvit Winocur; y la sucesión de Arnaldo Furman Levy compuesta por Daniel Manuel Furman Rosenzvit e Irene Cecilia Furman Rosenzvit; todos domiciliados para estos efectos en calle Gertrudis Echeñique N°71 comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, en su calidad de únicos y actuales accionistas de SOCIEDAD DE INVERSIONES SIERRA BELLA Spa, sociedad inscrita a Fs. 20.006, N°16.171 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1998, acordaron: Uno. Dividir la Sociedad en tres sociedades por acciones, siendo la primera de ellas la continuadora legal de la actual Sociedad, conservando su nombre, personalidad jurídica y su tipo social, y constituyéndose al efecto dos nuevas sociedades por acciones denominadas Sociedad de Inversiones Sierra Bella II SpA y Sociedad de Inversiones Sierra Bella III SpA, en base al balance de división al 31 de octubre de 2020 y demás antecedentes financieros correspondientes. Dos. Disminuir el capital de Sociedad de Inversiones Sierra Bella Spa por efecto de la división, de la suma de $4.000.000 a la suma de $2.000.000, esto es una disminución de $2.000.000. Tres. Como consecuencia de lo acordado en los números uno y dos precedentes; Se modifica el estatuto de Sociedad de Inversiones Sierra Bella Spa a fin de reflejar su nuevo capital social. Reemplazándose, para estos efectos, el artículo quinto permanente por el siguiente: “ARTICULO QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de dos millones de pesos, dividido en cuatrocientas acciones de única serie, nominativas y sin valor nominal, las cuales se suscriben y pagan en la forma señalada en el artículo PRIMERO TRANSITORIO”. Cuatro. Aprobar los estatutos de las nuevas sociedades que nacen producto de la división, denominadas Sociedad de Inversiones Sierra Bella II SpA y de Sociedad de Inversiones Sierra Bella III SpA, los cuales se extractan en extracto separado. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. San Miguel, 30 de diciembre de 2020.