CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD CONSULTORÍA Y ASESORÍAS ATMOSPHERE LIMITADA

RUT 13777229-9 CVE 1877693
Capital
$1.200.000 CLP
Fecha instrumento
17 de diciembre de 2020
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
17 de diciembre de 2020
Notario
LUIS ANTONIO BORQUEZ OYARZUN
Domicilio
Titular Elena Torres Seguel
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.200.000 CLP
Domicilio
Ciudad de Santiago Región Metropolitana
Duración
5 años

Objeto social

1.- Asesorías y consultorías propias en medio ambientes y prevención de pérdidas, obras de ingeniería y evaluación ambiental, proyectos, análisis de riegos, auditorias, diseño y planes de cierre. Para ello los socios podrán celebrar todos los actos, contratos y negocias encaminados a tales fines. 2.- Prestación, explotación y desarrollo de servicios en cualquiera de sus formas relacionado con el medio ambiente, y toda otra actividad que socos previamente acuerden

Administración

Darío Alejandro Quintanilla Jara, amplias facultades de administración y disposición

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS ANTONIO BORQUEZ OYARZUN, Abogado, Notario Público, Suplente de la Titular Elena Torres Seguel, 35° Notaria de Santiago, Oficio Avda. Presidente Bulnes (Paseo Bulnes) 141, Santiago. Certifica: Por escritura pública hoy 17 de Diciembre 2020, ante mí, CESAR MARCELO PEREZ MALDONADO, C.I.Nº 13.777.229-9,chileno, empleado, domicilio Pedro de Valdivia 2776 Dpto. 708 Ñuñoa, Región metropolitana, CARLOS MARIO SOTO DURAN C.I.Nº 13.878.163-1 chileno, empleado, domicilio Loreley 1736 Dpto. 907, La Reina, Región Metropolitana, PABLO ANDRES MUÑOZ MORALES, C.I.Nº 12.893.669-6, chileno empleado, domiciliado en Pasaje Tricahue 8027, La Florida Región Metropolitana, y DARIO ALEJANDRO QUINTANILLA JARA, C.I.Nº 14.010.159-1, chileno, empleado, domiciliado en Av. El Rosario 819, Isla de Maipo, Región Metropolitana, mayores de edad, constituyen Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada en conformidad a las prescripciones de la Ley tres mil novecientos dieciocho del catorce de Marzo de mil novecientos veintitrés y sus modificaciones; Nombre:” SOCIEDAD CONSULTORÍA Y ASESORÍAS ATMOSPHERE LIMITADA”, nombre fantasía “ATMOSFHERE LTDA.”; Objeto: 1.- Asesorías y consultorías propias en medio ambientes y prevención de pérdidas, obras de ingeniería y evaluación ambiental, proyectos, análisis de riegos, auditorias, diseño y planes de cierre. Para ello los socios podrán celebrar todos los actos, contratos y negocias encaminados a tales fines. 2.- Prestación, explotación y desarrollo de servicios en cualquiera de sus formas relacionado con el medio ambiente, y toda otra actividad que socos previamente acuerden. Capital: $1.200.000.- capital de la sociedad será la suma de $1.200.000.- (Un millón doscientos mil pesos), que los socios aportan del siguiente modo: 1) Socio CESAR MARCELO PEREZ MALDONADO, la suma de $300.000.- (trescientos mil pesos) equivalente al 25% de participación en la sociedad, que se enteran este acto en dinero efectivo y al contado.- 2) Socio CARLOS MARIO SOTO DURAN, la suma de $300.000.- (trescientos mil pesos) equivalente al 25% de participación en la sociedad, que se enteran este acto en dinero efectivo y al contado. 3) Socio PABLO ANDRÉS MUÑOZ MORALES, la suma de $300.000 (trescientos mil pesos), equivalentes al 25% de participación en la sociedad, que se enteran este acto en dinero efectivo y al contado.4) Socio , DARIO ALEJANDRO QUINTANILLA JARA la suma de $300.000.- (trescientos mil pesos) equivalente al 25% de participación en la sociedad, aportado y enterado en la forma señalada en pacto social. Responsabilidad: Socios limitan responsabilidad hasta el monto de su aporte Administración: Darío Alejandro Quintanilla Jara, amplias facultades de administración y disposición. Duración: 5 años. Domicilio: Ciudad de Santiago Región Metropolitana, sin perjuicio de establecimientos o sucursales que establezcan en el paìs. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 17 de Diciembre del 2020.-SE AUTORIZA EN CONFORMIDAD AL ARTICULO 402 DEL CODIGO ORGANICO DE TRIBUNALES.