Instrumento
- Fecha
- 23 de diciembre de 2020
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36°Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.200.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio social será la ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La Sociedad tendrá por
Administración
El uso de la razón social, administración y representación de la sociedad corresponderá a don Gonzalo Andrés Losada Pfeil, a don Francisco José Losada Pfeil, y a doña Catalina Sofía Losada Pfeil, quienes actuando conjuntamente 2 cualquiera de ellos y anteponiendo la razón social a sus firmas, la representarán con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público Titular de la 36°Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción n° 65, piso dos, comuna de Providencia, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 23 de diciembre de 2020, ante mí: Gonzalo Andrés Losada Pfeil, Francisco José Losada Pfeil y Catalina Sofía Losada Pfeil, vienen en constituir una Sociedad por Acciones en los siguientes términos: I. Razón Social: La razón social será “LOSTRES SpA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualesquiera otros organismos públicos o privados, la sigla comercial o nombre de fantasía de “LOSTRES SpA”. II. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: /a/ La prestación de servicios de asesorías profesionales y técnicas en materias financieras, económicas, gerenciales, informáticas, administrativas, diseño, arte y arquitectura en todos sus ámbitos y características; el estudio, planificación, consultoría y ejecución de todo tipo de proyectos profesionales, industriales, de ingeniería, de construcción, de diseño, en proyectos inmobiliarios y otros similares, así como también aquellos proyectos relacionados con la arquitectura; /b/ El estudio, promoción, participación, construcción, ejecución y desarrollo de negocios y proyectos inmobiliarios, en todas y cada una de sus fases; c) El arrendamiento, subarrendamiento, compra, venta, desarrollo, urbanización y administración de inmuebles propios o de terceros, amoblados o sin amoblar; y en general, adquirir, dar y ceder a cualquier título, el uso goce de bienes muebles e inmuebles; d) La ejecución de obras civiles, construcciones, edificaciones, remodelaciones y la realización de obras de ingeniería y diseño en general; y, /e/ Realizar por cuenta propia o ajena, toda clase de actos, operaciones, o negocios mercantiles, quedando expresamente comprendido la importación, representación y exportación de toda clase de bienes, la prestación de todo tipo de servicios comerciales, la participación en todo tipo de sociedades y cualquier negocio o asunto que acuerden los accionistas. III. Domicilio: El domicilio social será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales que estime conveniente abrir en otros puntos del país o del extranjero. IV. Duración: Indefinida. V. Capital: El capital social es la suma única y total de $1.200.000, dividido en 1.200 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, de una misma serie y todas de igual valor, las cuales serán suscritas y pagadas en la forma expresada en el Artículo Segundo Transitorio de los Estatutos Sociales. VI. Administración: El uso de la razón social, administración y representación de la sociedad corresponderá a don Gonzalo Andrés Losada Pfeil, a don Francisco José Losada Pfeil, y a doña Catalina Sofía Losada Pfeil, quienes actuando conjuntamente 2 cualquiera de ellos y anteponiendo la razón social a sus firmas, la representarán con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social. Demás estipulaciones en escritura extractada. En Santiago, 05 de enero de 2021.-