CONSTITUCIÓN Sociedad Anónima

INVERSIONES UNICORNIO S.A.

RUT 76461910-2 CVE 1877759
Capital
$1.876.344.535 CLP
Fecha instrumento
5 de enero de 2021
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
5 de enero de 2021
Repertorio
23216-2020
Notario
VÉRONICA TORREALBA COSTABAL
Oficio
Titular de la 33ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.876.344.535 CLP
Domicilio
Ciudad de Santiago, Región Metropolitana
Duración
Indefinida

Objeto social

/a) El desarrollo de toda clase de inversiones y negocios, por cuenta propia o de terceros, relativos a todo tipo de bienes o derechos, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización o administración, comprendiéndose especialmente la adquisición y participación en toda clase de sociedades y personas jurídicas, cualquiera sea su clase o naturaleza, tanto en Chile como en el extranjero, ya sea con terceros o con sociedades filiales; y /b) El desarrollo de cualquier otra actividad o negocio que los accionistas de común acuerdo convinieren. La sociedad también podrá realizar toda clase de negocios y actividades relacionados directa o indirectamente con el giro antes mencionado y que los accionistas determinen de común acuerdo ejecutar. iii)

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

VÉRONICA TORREALBA COSTABAL, Abogado, Notario Público Suplente del Titular de la 33ª Notaría de Santiago, IVAN TORREALBA ACEVEDO, con oficio en calle Huérfanos número 979, oficina 501, comuna de Santiago, certifico que: con fecha 30 de noviembre de 2020, ante el Notario Titular, se redujo a escritura pública bajo el número de repertorio 23.216-2020 el Acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de SOCIEDAD AGRÍCOLA BERRIES RIO BUENO S.A. (la “Sociedad”) inscrita a fojas 18.352 número 9.771 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1988, celebrada con la misma fecha, en virtud del cual la unanimidad de los accionistas, es decir, Inversiones Caiquenes Limitada, Rol Único Tributario número 76.461.910-2 e Inversiones y Asesorías Cardonal Limitada, Rol Único Tributario número 78.313.150-1, ambos domiciliados en calle Málaga número 115, oficina 1.301, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, acordaron, entre otras materias: x) Dividir la Sociedad en dos sociedades, con efecto a partir de la fecha de la reducción a escritura pública del acta respectiva, subsistiendo la Sociedad y conservando esta su nombre y razón social, rol único tributario, personalidad y naturaleza jurídica, la cual continúa sujeta al mismo estatuto que la rige, salvo por la modificación relativa al capital social, el cual fue disminuido a causa de la división a la cantidad de $152.566.939; y, /z/ Como consecuencia de la división de la Sociedad, se constituyó una sociedad anónima cerrada, de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: i) Nombre: INVERSIONES UNICORNIO S.A. ii) Objeto: /a/ El desarrollo de toda clase de inversiones y negocios, por cuenta propia o de terceros, relativos a todo tipo de bienes o derechos, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización o administración, comprendiéndose especialmente la adquisición y participación en toda clase de sociedades y personas jurídicas, cualquiera sea su clase o naturaleza, tanto en Chile como en el extranjero, ya sea con terceros o con sociedades filiales; y /b/ El desarrollo de cualquier otra actividad o negocio que los accionistas de común acuerdo convinieren. La sociedad también podrá realizar toda clase de negocios y actividades relacionados directa o indirectamente con el giro antes mencionado y que los accionistas determinen de común acuerdo ejecutar. iii) Domicilio: Ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales u oficinas en el resto del país y en el extranjero. iv) Duración: Indefinida. v) Capital: $1.876.344.535, dividido en 1.000.000.000 de acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado según lo dispuesto en el artículo Primero Transitorio. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 5 de enero de 2021.