INVERSIONES JEAN PAUL CAVALERIE FUENTES Y COMPAÑÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 23 de diciembre de 2020
- Notario
- GASTON ARANIS QUIROZ
- Domicilio
- O’Higgins 528
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGASTON ARANIS QUIROZ, Notario Público, O’Higgins 528, Concepción, suplente del titular Juan Espinosa Bancalari, certifico: Por escritura pública de fecha 23 de diciembre de 2020, Rep. Nº 6150, ante mí, JEAN PAUL CAVALERIE FUENTES, JUANITA VIRGINIA AVELLO MATAMALA, DINA DEL CARMEN FUENTES MARCHANT, todos domiciliados en calle Bureo número 2322, sector Andalué, comuna de San Pedro de la Paz, otorgaron escritura de Cesión de derechos sociales, y modificación de la sociedad “INVERSIONES JEAN PAUL CAVALERIE FUENTES Y COMPAÑÍA LIMITADA”, constituida por escritura pública de fecha 14 de diciembre de 2011, otorgada ante el notario de Concepción, don Juan Espinosa Bancalari, inscrita a fojas 3.104 bajo el número 2.516 del Registro de Comercio de Concepción del año 2011 y publicado en el Diario Oficial de 17 de diciembre de 2011. Capital social: $2.000.000 pesos.- Reforma estatutaria consiste en: 1) Cesión de Derechos: DINA DEL CARMEN FUENTES MARCHANT, vende, cede y transfiere a JUANITA VIRGINIA AVELLO MATAMALA derechos y acciones que ascienden a un 5% de participación en la sociedad y capital social, en el precio de $100.000., pesos, precio pagado en efectivo. 2) Cesión de Derechos: JEAN PAUL CAVALERIE FUENTES, vende, cede y transfiere a doña JUANITA VIRGINIA AVELLO MATAMALA derechos y acciones que ascienden a un 39% de participación en la sociedad y capital social, en el precio de $700.000., pesos, precio pagado en efectivo. Como resultado de las cesiones, se retira de la sociedad doña DINA DEL CARMEN FUENTES MARCHANT, quedando como socios don JEAN PAUL CAVALERIE FUENTES, con un CINCUENTA Y UN porciento (51%) de las acciones y derechos en la sociedad; doña JUANITA VIRGINIA AVELLO MATAMALA, con un CUARENTA Y NUEVE porciento (49%) de acciones y derechos en la sociedad. Demás estipulaciones y declaraciones constan escritura extractada. Concepción, 07 de enero de 2021.