INMOBILIARIA SENA S.A.
Instrumento
- Fecha
- 18 de diciembre de 2020
- Notario
- ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS
- Domicilio
- Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
Será: Uno) La inversión, a cualquier título, en toda clase de bienes corporales o incorporales, raíces o muebles, como asimismo la explotación y administración de estos, ya sean propios o ajenos, por cuenta propia o por cuenta ajena; Dos) La participación en toda clase de proyectos inmobiliarios y la ejecución y desarrollo de los mismos por cuenta propia, ya sea directamente, en asociación con terceros o encargándola a estos; y, Tres) La participación en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, ya sean colectivas, en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria o gestora en estas últimas, anónimas, de responsabilidad limitada o sociedades por acciones, cualquiera que sea su objeto”. Santiago, 05 de enero de 2021
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS, Notario Público de Santiago, Titular de la 42ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas N°1.070, piso 2, Comuna de Santiago, certifico que el 18 de diciembre de 2020, ante mí, fue reducida a escritura pública el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de “INMOBILIARIA SENA S.A.”, con extracto de constitución inscrito a fojas 31.237 N°23.174 del Registro de Comercio de Santiago de 2004, celebrada en mi presencia ese mismo día. Se modificaron los estatutos sociales, ampliando su objeto, y sustituyendo su artículo 4° por el que sigue: “ARTÍCULO CUARTO. Objeto: Será: Uno) La inversión, a cualquier título, en toda clase de bienes corporales o incorporales, raíces o muebles, como asimismo la explotación y administración de estos, ya sean propios o ajenos, por cuenta propia o por cuenta ajena; Dos) La participación en toda clase de proyectos inmobiliarios y la ejecución y desarrollo de los mismos por cuenta propia, ya sea directamente, en asociación con terceros o encargándola a estos; y, Tres) La participación en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, ya sean colectivas, en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria o gestora en estas últimas, anónimas, de responsabilidad limitada o sociedades por acciones, cualquiera que sea su objeto”. Santiago, 05 de enero de 2021.