MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA EINSTEIN LIMITADA

RUT 78553910-9 CVE 1877963
Fecha instrumento
28 de octubre de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
28 de octubre de 2020
Notario
Alejandro Américo Álvarez Barrera
Oficio
41 Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Alejandro Américo Álvarez Barrera, Notario público 41 Notaría Santiago, Suplente titular Félix Jara Cadot, Huérfanos 1160, subsuelo, certifica: Por escritura pública hoy, ante mí, don JUAN PABLO BRUSADELLI ANDRADE y MARIA ELENA TORO SAELZER, ambos domiciliados en Paseo Pie Andino 1.919, departamento 14, Lo Barnechea, en su calidad de únicos socios de la sociedad “INMOBILIARIA EINSTEIN LIMITADA”, Rol Único Tributario 78.553.910-9, inscrita a fojas 18.807 numero 15.392, Registro de Comercio Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1994, acordaron complementar la escritura de modificación de fecha veintitrés de septiembre del año dos mil veinte, en el siguiente sentido: “La sociedad tendrá duración hasta el treinta y uno de octubre del año dos mil veinte, siempre y cuando a esa fecha exista acuerdo entre los socios sobre la forma en adjudicarse los bienes sociales, lo cual debrá anotarse al margen de la inscripción social. De no constar dicha anotación, la sociedad tendrá vigencia hasta el treinta de junio del año dos mil veintiuno, debiendo contar igualmente con acuerdo entre los socios sobre la forma en adjudicarse los bienes sociales, lo cual debrá anotarse al margen de la inscripción social, con una anticipación de a lo menos un mes a la fecha antes indicada, caso contrario la vigencia será de cinco años a contar de esta fecha, renovables tácita y sucesivamente por períodos iguales de cinco años, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se anotará al margen de la inscripción social, con una anticipación de a lo menos seis meses antes del fin del respectivo período. Asimismo, y dentro del mismo lapso, el socio de que se trate deberá comunica.” Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 28 octubre 2020.-