CONSTITUCIÓN Cooperativa

GASTROCOOP LTDA.

CVE 1877827
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
18 de diciembre de 2020
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
18 de diciembre de 2020
Notario
PABLO LAGOS FEEST
Domicilio
don MARIO BARRÍA GALLEGOS

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
En la comuna de Los Vilos, sucursales en cualquiera región del país
Duración
Indefinida

Objeto social

La Cooperativa tendrá por

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PABLO LAGOS FEEST, Notario Público Suplente de don MARIO BARRÍA GALLEGOS, Titular de Los Vilos-Canela, Colo Colo 345, Los Vilos, certifico: que fue reducida a escritura pública hoy, ante mí, el acta de la Junta Constitutiva de fecha 18 de diciembre de 2020, mediante la cual se constituyó la “COOPERATIVA DE MICROEMPRESARIOS FAMILIARES GASTRONÓMICOS Y OTROS LTDA”, cuya sigla será “GASTROCOOP LTDA” con la que podrá actuar en todas sus operaciones sociales. Domicilio: En la comuna de Los Vilos, sucursales en cualquiera región del país. Duración: Indefinida. Objeto: La Cooperativa tendrá por objeto: dedicarse a la compraventa, distribución, producción y transformación de bienes, productos y servicios relacionados con la actividad gastronómica y con el fin de procurar un mayor rendimiento de ella. Para el cumplimiento de su objeto, la Cooperativa podrá realizar todas las actividades y acciones conducentes, mediante cualquier medio idóneo, por sí o en colaboración con otras entidades públicas o privadas, y en especial, sin que la enumeración sea taxativa, las siguientes: a) Explotar inmuebles o locales comerciales, los que podrá adquirir en dominio, en comodato, obtener en concesión o arrendamiento; b) Proporcionar a los socios y a terceros, en venta, alquiler o cualquier otro título, al contado o a plazo, las herramientas, accesorios, materias primas y demás objetos para el ejercicio de sus actividades; c) Estimular la unidad y cohesión de los socios para lograr elevar el nivel organizacional, económico, social y cultural fundado en la solidaridad y cooperación mutua; d) Perfeccionar la gestión cooperativa aplicando normas y procedimientos tendientes a lograr su funcionamiento como empresa económico-social eficiente en su capacidad de generar beneficios a sus socios; e) Fomentar el empleo de tecnologías que conduzcan al incremento de la producción y productividad, y a la inserción dinámica en los mercados nacionales e internacionales; f) Proporcionar servicios de formación técnica, administrativa y económica, tanto a los socios como a terceros; g) Incorporar la cooperativa a programas de desarrollo productivo locales, regionales o nacionales, que beneficien a sus socios; h) Asumir la defensa y protección de los recursos naturales que estén en su ámbito de responsabilidad, asegurando su preservación y desarrollo; i) Celebrar toda clase de actos y contratos sobre bienes raíces y muebles, con el objetivo de facilitar su uso y aprovechamiento por parte de los socios; j) Adquirir para sí o para distribuir entre sus socios los equipos o implementos necesarios para el desarrollo de sus labores productivas, comerciales o técnicas; k) Ejecutar programas de capacitación y formación que proporcionen a los socios y sus familias conocimientos que tiendan a su desarrollo personal, aumento de sus capacidades, y al manejo adecuado de los recursos naturales para asegurar su protección y conservación; l) Propender a la integración de jóvenes y mujeres a la organización cooperativa, mediante la creación de programas productivos, actividades socioculturales, etcétera; m) Contratar créditos con entidades ya sea privadas, cooperativas o públicas, fiscales, semifiscales o de administración autónoma, o de cooperación internacional, con el fin de desarrollar sus actividades cooperativas o suministrar préstamos a sus socios; n) Establecer relaciones con otros organismos del mismo rubro; o en general realizar cualquier. o) En general, realizar cualquier actividad comercial lícita, sea en el territorio nacional o en el extranjero, sin limitación alguna, que permita el mejor cumplimiento de los fines de la Cooperativa; y todas aquellas iniciativas, servicios, actos y contratos que tiendan a satisfacer las necesidades de sus asociados, socorrerlos en caso de necesidad, procurarles mayor bienestar social, cultural y económico y promover la cooperación y ayuda mutua entre ellos; siempre que no sean contrarias a la Constitución Política de la República, las leyes, los reglamentos ni al presente Estatuto. TITULO II. DEL CAPITAL Y PATRIMONIO. ARTICULO 6°: CAPITAL: El Capital inicial suscrito y pagado es de $1.000.000.- (un millón de pesos), dividido en 10 Cuotas de Participación, de un valor inicial de $100.000 pesos cada una. Cada socio aporta en este acto la suma de $100.000 al contado. Sin perjuicio de lo anterior, el valor de las Cuotas de Participación se actualizará anualmente en las oportunidades que indique la Ley o lo establezca el Departamento de Cooperativas. El Capital de la Cooperativa será variable e ilimitado y tendrá como mínimo inicial el que se fija en este Estatuto. Concurrieron 10 socios a la Junta Constitutiva.- Demás estipulaciones en ella. Los Vilos, 06 de enero de 2021.-