Instrumento
- Fecha
- 6 de enero de 2021
- Notario
- María Soledad Santos Muñoz
- Oficio
- 7ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
- Domicilio
- La Serena
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será: a) La prestación de servicios médicos en todas las especialidades de la medicina; b) la inversión en toda clase de bienes inmuebles; la inversión en toda clase de bienes muebles incorporales, tales como acciones, bonos, debentures y cualquier instrumento del mercado de capitales; como igualmente la inversión y participación en todo tipo de sociedades, comunidades o asociaciones que tengan por objeto las inversiones pasivas y, en general, el desarrollo y ejecución de actos, contratos u operaciones no comerciales
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMaría Soledad Santos Muñoz, Abogado, Notario Público Titular de la 7ª Notaría de Santiago, con Oficio en Agustinas Nº 1161 entrepiso, comuna Santiago, CERTIFICA: por escritura pública hoy, ante mí, RODRIGO JOSÉ FERREIRA ELGUETA, médico cirujano, domiciliado Camino de la Huerta 3920, departamento C 11, comuna de Lo Barnechea, ciudad de Santiago, constituyó sociedad por acciones conformidad dispuesto artículo 424 y siguientes Código de Comercio. Nombre: RFE Servicios Médicos SpA. Domicilio: La Serena, sin perjuicio agencias o sucursales que establezca en otras ciudades de la República o en el extranjero. Duración: indefinida. Objeto: El objeto de la sociedad será: a) La prestación de servicios médicos en todas las especialidades de la medicina; b) la inversión en toda clase de bienes inmuebles; la inversión en toda clase de bienes muebles incorporales, tales como acciones, bonos, debentures y cualquier instrumento del mercado de capitales; como igualmente la inversión y participación en todo tipo de sociedades, comunidades o asociaciones que tengan por objeto las inversiones pasivas y, en general, el desarrollo y ejecución de actos, contratos u operaciones no comerciales. Capital: $1.000.000 dividido en 100 acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Santiago 06 de enero de 2021.