MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES JOMABE LIMITADA

RUT 76073678-3 CVE 1876946
Capital
$5.520.792.295 CLP
Fecha instrumento
21 de diciembre de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
21 de diciembre de 2020
Notario
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
36° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$5.520.792.295 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular de la 36° Notaría de Santiago, La Concepción N° 65, piso 2, comuna de Providencia, certifica: Por escritura pública de fecha 21 de diciembre de 2020, ante mí, doña Magdalena Gómez Pacheco, doña Macarena Gema Muñoz Gómez, y doña Maríabelen Muñoz Gómez, todas las anteriores en su calidad de empresario individual y domiciliadas para estos efectos en calle General Holley N° 2.381, comuna de Providencia, ciudad de Santiago, modificaron los estatutos sociales de INVERSIONES JOMABE LIMITADA, inscrita a fojas 46.903, N° 32.447 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2009. Modificaciones consisten en: 1) Aumentar el capital social ascendente a $235.000.000.-, en la suma de $5.285.792.295.-, con lo cual el capital de la sociedad quedará fijado en la suma de $5.520.792.295.-. Aumento será aportado y pagado por doña Magdalena Gómez Pacheco, doña Macarena Gema Muñoz Gómez y doña Maríabelen Muñoz Gómez, todas en su calidad de empresario individual, en la forma indicada en la escritura extractada; y, 2) Con motivo de la modificación indicada, se reemplaza el Artículo Quinto, relativo al capital social, en el siguiente sentido: “ARTÍCULO QUINTO: CAPITAL SOCIAL. El capital de la sociedad es la suma de $5.520.792.295.- que los socios suscriben, aportan y pagan en las siguientes proporciones: Uno) Doña Magdalena Gómez Pacheco, en su calidad de empresario individual, aporta la suma de $1.840.264.099.-, equivalentes al 33,334% aproximado del capital y derechos sociales, los que se pagan de la siguiente forma: a) Con la suma de $78.333.334.-, pagada con anterioridad a esta fecha; y, b) Con la suma de $1.761.930.765.-, pagada con esta fecha mediante el aporte en propiedad de acciones, en su calidad de empresario individual; Dos) Doña Macarena Gema Muñoz Gómez, en su calidad de empresario individual, aporta la suma $1.840.264.098.-, equivalentes al 33,333% aproximado del capital y derechos sociales, los que se pagan de la siguiente forma: a) Con la suma de $78.333.333.-, pagada con anterioridad a esta fecha; b) Con la suma de $1.761.853.524.-, pagada con esta fecha mediante el aporte en propiedad de acciones, en su calidad de empresario individual; y, c) Con la suma de $77.241.-, pagado en este acto en dinero en efectivo, en su calidad de empresario individual; y, Tres) Doña Maríabelen Muñoz Gómez, en su calidad de empresario individual, aporta la suma de $1.840.264.098.-, equivalentes al 33,333% aproximado del capital y derechos sociales, los que se pagan de la siguiente forma: a) Con la suma de $78.333.333.-, pagada con anterioridad a esta fecha; y, b) Con la suma $1.761.892.145.-, pagada con esta fecha mediante el aporte en propiedad de acciones, en su calidad de empresario individual; y, c) Con la suma de $38.620.-, pagado en este acto en dinero en efectivo, en su calidad de empresario individual. Se deja constancia que los porcentajes indicados, son meramente referenciales, ya que el porcentaje real de participación está constituido por el monto del aporte que cada uno de ellos ha efectuado al capital de la sociedad.”. Responsabilidad de los socios queda limitada a los montos de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 05 de enero de 2021.-