INVERSIONES INTERNACIONALES NyG SpA
Instrumento
- Fecha
- 11 de diciembre de 2020
- Repertorio
- 14130/2020
- Notario
- MARIA LUISA VERA JERALDO
- Domicilio
- MYRIAM ELIZABETH MARIELA AMIGO ARANCIBIA
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $3.690.850.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA LUISA VERA JERALDO, Notario Público Suplente de MYRIAM ELIZABETH MARIELA AMIGO ARANCIBIA, Notario Público de la 21º Notaría de Santiago, Huérfanos 578, Santiago, certifica que: ante mí, por escritura pública de fecha 11/12/2020 repertorio Nº14.130/2020, Los únicos accionistas de INVERSIONES INTERNACIONALES NyG SpA, según consta en el Registro de Accionistas que he tenido a la vista: N y G S.A., e Isadora Tatiana Nun Bitrán, ambas representadas por Yjiel Guillermo Nun Melnick; Deborah Nun Bitrán y, Eleonora Alejandra Nun Bitrán, acordaron aumentar el capital social de Inversiones Internacionales NyG SpA, inscrita a fojas 70.354 número 33.750 en el Registro de Comercio del año 2020 del CBRS, y modificar su cláusula Quinta y Primera Transitoria de los estatutos sociales en los siguientes términos: Uno) Los accionistas acuerdan aumentar el capital social en 5.000.000 de dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, equivalentes en pesos al 11/12/2020 a la suma de $3.690.850.000, para lo cual se han emitido 5.000.000 de acciones de pago, ordinarias, nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal. El aumento de capital es íntegramente suscrito y se paga en la forma indicada en el artículo primero transitorio de los estatutos sociales. Dos) Los accionistas acuerdan, como consecuencia del aumento del capital social, modificar la Cláusula Quinto de los estatutos sociales, quedando como sigue: “TÍTULO SEGUNDO: CAPITAL Y ACCIONES. ARTÍCULO QUINTO. Capital. El capital de la sociedad es la suma de diecisiete millones novecientos cuarenta y un mil cincuenta y siete coma veintitrés dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, dividido en diecisiete millones novecientos cuarenta y un mil cincuenta y siete acciones, ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que se encuentran íntegramente suscritas y se pagarán en la forma establecida en el artículo primero transitorio de estos estatutos.” Tres) Los accionistas acuerdan, como consecuencia del aumento del capital social, modificar el Artículo Primero Transitorio de los estatutos sociales, cuyo contenido no es materia de extracto. Las demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 30 de Diciembre de 2020.-