MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

DR. EUGENIO VALDECANTOS Y COMPAÑÍA LIMITADA

RUT 78913730-7 CVE 1877395
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
4 de octubre de 1996
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
4 de octubre de 1996
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

uno) La prestación de servicios profesionales en toda el área de la medicina, tanto preventiva como curativa y especialmente en el ámbito de la traumatología y ramas afines, dos) El desarrollo y creación de técnicas médicas, la prestación de servicios de informe y estudios sobre traumatología y medicina del deporte en general, por la forma de transmisión que sea, tres) Efectuar y desarrollar toda clase de inversiones, reinversiones o negocios por cuenta propia o ajena, sola o asociada con otras personas naturales o jurídicas, dentro o fuera del país, relativo a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales e incorporales, su explotación, comercialización o administración, comprendiendo especialmente la inversión en efectos de comercio, depósitos a la vista, depósitos a plazo, valores mobiliarios, títulos de crédito, monedas o divisas extranjeras, acciones, bonos, debentures, letras hipotecarias, derechos o acciones de sociedades de cualquier clase o naturaleza, constituidas o por constituirse, y, en general cualquier valor o instrumento de inversión del mercado de capitales; cuatro) Gestión Inmobiliaria; prestación de servicios; estudios y ejecución de desarrollos de proyectos inmobiliarios; explotar predios agrícolas y urbanos; la compra, venta, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación y enajenación de bienes inmuebles y muebles; la realización y planificación de loteos, subdivisiones, y obras de urbanización de todo tipo de inmuebles; realización de negociaciones inmobiliarias, construyendo, vendiendo y arrendando inmuebles ya sea que tenga fin habitacional o no; la construcción, promoción y venta de centros comerciales, locales, oficinas y estacionamientos, de edificios y viviendas acogidas o no, al sistema de franquicias tributarias especiales y /o subsidios habitacionales; el estudio y ejecución e implementación de todo tipo de obras civiles y proyectos de ingeniería, construcción y remodelación, la realización de trabajos de edificación, tales como, casas, edificios, caminos, puentes, por cuenta propia o a través de la contratación de terceros; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; cinco) Sin perjuicio de lo anterior, las demás actividades que los socios acuerden.” Modificación: Los comparecientes, actuales y únicos socios de “DR. EUGENIO VALDECANTOS Y COMPAÑÍA LIMITADA”, vienen en modifican cláusula Séptima de los Estatutos Sociales, que alude a la administración de la sociedad, acordando en su lugar que la administración, representación y uso del nombre de la sociedad corresponderá en forma indistinta a los accionistas don EUGENIO VALDECANTOS DE PABLO, doña MONTSERRAT ISABEL FELICIA AZNAR ALSINA, y)o a don EUGENIO VALDECANTOS AZNAR, en adelante los Administradores, quienes, actuando en forma conjunta o separada, y anteponiendo su firma a la razón social, podrán obligar válidamente a la sociedad en todos los actos y contratos que ejecuten o celebren. Amplias facultades. Transformación: Los actuales y únicos socios de “DR. EUGENIO VALDECANTOS Y COMPAÑÍA LIMITADA” transforman persona jurídica en una sociedad por acciones

Administración

La administración, representación y uso del nombre de la sociedad corresponderá en forma indistinta a los accionistas don EUGENIO VALDECANTOS DE PABLO, doña MONTSERRAT ISABEL FELICIA AZNAR ALSINA, y)o a don EUGENIO VALDECANTOS AZNAR, los Administradores, quienes, actuando en forma conjunta o separada, y anteponiendo su firma a la razón social, podrán obligar válidamente a la sociedad en todos los actos y contratos que ejecuten o celebren. Amplias facultades

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

María Patricia Donoso Gomien, Notario Titular 27° Notaría de Santiago, con oficio en Orrego Luco N° 153, comuna de Providencia, Región Metropolitana, certifico: por escritura pública de fecha de hoy ante mí: don EUGENIO VALDECANTOS DE PABLO, C.I. 5.097.998-9, doña MONTSERRAT ISABEL FELICIA AZNAR ALSINA, C.I. 6.379.302-7, y don EUGENIO VALDECANTOS AZNAR, C.I. 10.084.084-7, todos con domicilio en Talinay N° 10.408, casa K-13, comuna de La Reina, Región Metropolitana, modificaron y transformaron “DR. EUGENIO VALDECANTOS Y COMPAÑÍA LIMITADA”, RUT: 78.913.730-7, capital: $10.000.000., constituida por escritura pública de fecha 04 de octubre de 1996, Novena Notaría de Santiago de don Fernando Opazo Larraín, extracto inscrito a fojas 25.912, N° 20.081 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago año 1996. Modificación: Cesión de derechos sociales: (i) don Eugenio Valdecantos De Pablo vende, cede y transfiere un 75% de sus haberes y derechos en la sociedad, equivalentes a un 60% de los derechos sociales, a don Eugenio Valdecantos Aznar, precio $6.000.000.- que el cesionario paga en el acto, al contado y en dinero en efectivo. (ii) doña Montserrat Isabel Felicia Aznar Alsina, vende, cede y transfiere un 50% de sus haberes y derechos en la sociedad, equivalentes a un 10% de los derechos sociales, a don Eugenio Valdecantos Aznar, precio $1.000.000.- que el cesionario paga en el acto, al contado y en dinero en efectivo. En mérito de lo anterior, ingresa a la sociedad don Eugenio Valdecantos Aznar, produciéndose una modificación de la distribución del capital social, quedando repartido de la siguiente forma: a) don Eugenio Valdecantos Aznar, titular de un 70% de los haberes y derechos sociales; b) don Eugenio Valdecantos De Pablo, titular de un 20% de los haberes y derechos sociales, y c) doña Montserrat Isabel Felicia Aznar Alsina, titular de un 10% de los haberes y derechos sociales. Modificación: Los comparecientes, actuales y únicos socios de “DR. EUGENIO VALDECANTOS Y COMPAÑÍA LIMITADA”, modifican cláusula Segunda de los Estatutos Sociales, que alude al objeto de la sociedad, reemplazando la redacción de dicha cláusula por la siguiente: “SEGUNDO: La sociedad tendrá por objeto: uno) La prestación de servicios profesionales en toda el área de la medicina, tanto preventiva como curativa y especialmente en el ámbito de la traumatología y ramas afines, dos) El desarrollo y creación de técnicas médicas, la prestación de servicios de informe y estudios sobre traumatología y medicina del deporte en general, por la forma de transmisión que sea, tres) Efectuar y desarrollar toda clase de inversiones, reinversiones o negocios por cuenta propia o ajena, sola o asociada con otras personas naturales o jurídicas, dentro o fuera del país, relativo a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales e incorporales, su explotación, comercialización o administración, comprendiendo especialmente la inversión en efectos de comercio, depósitos a la vista, depósitos a plazo, valores mobiliarios, títulos de crédito, monedas o divisas extranjeras, acciones, bonos, debentures, letras hipotecarias, derechos o acciones de sociedades de cualquier clase o naturaleza, constituidas o por constituirse, y, en general cualquier valor o instrumento de inversión del mercado de capitales; cuatro) Gestión Inmobiliaria; prestación de servicios; estudios y ejecución de desarrollos de proyectos inmobiliarios; explotar predios agrícolas y urbanos; la compra, venta, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación y enajenación de bienes inmuebles y muebles; la realización y planificación de loteos, subdivisiones, y obras de urbanización de todo tipo de inmuebles; realización de negociaciones inmobiliarias, construyendo, vendiendo y arrendando inmuebles ya sea que tenga fin habitacional o no; la construcción, promoción y venta de centros comerciales, locales, oficinas y estacionamientos, de edificios y viviendas acogidas o no, al sistema de franquicias tributarias especiales y /o subsidios habitacionales; el estudio y ejecución e implementación de todo tipo de obras civiles y proyectos de ingeniería, construcción y remodelación, la realización de trabajos de edificación, tales como, casas, edificios, caminos, puentes, por cuenta propia o a través de la contratación de terceros; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; cinco) Sin perjuicio de lo anterior, las demás actividades que los socios acuerden.” Modificación: Los comparecientes, actuales y únicos socios de “DR. EUGENIO VALDECANTOS Y COMPAÑÍA LIMITADA”, vienen en modifican cláusula Séptima de los Estatutos Sociales, que alude a la administración de la sociedad, acordando en su lugar que la administración, representación y uso del nombre de la sociedad corresponderá en forma indistinta a los accionistas don EUGENIO VALDECANTOS DE PABLO, doña MONTSERRAT ISABEL FELICIA AZNAR ALSINA, y/o a don EUGENIO VALDECANTOS AZNAR, en adelante los Administradores, quienes, actuando en forma conjunta o separada, y anteponiendo su firma a la razón social, podrán obligar válidamente a la sociedad en todos los actos y contratos que ejecuten o celebren. Amplias facultades. Transformación: Los actuales y únicos socios de “DR. EUGENIO VALDECANTOS Y COMPAÑÍA LIMITADA” transforman persona jurídica en una sociedad por acciones. RAZÓN SOCIAL: “DR. EUGENIO VALDECANTOS Y COMPAÑÍA SpA”. DOMICILIO: Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que puedan establecerse en otras ciudades del país o en el extranjero, y de los domicilios especiales que se pudieren establecer para la celebración de determinados actos y contratos. OBJETO: La sociedad tendrá por objeto: uno) La prestación de servicios profesionales en toda el área de la medicina, tanto preventiva como curativa y especialmente en el ámbito de la traumatología y ramas afines, dos) El desarrollo y creación de técnicas médicas, la prestación de servicios de informe y estudios sobre traumatología y medicina del deporte en general, por la forma de transmisión que sea, tres) Efectuar y desarrollar toda clase de inversiones, reinversiones o negocios por cuenta propia o ajena, sola o asociada con otras personas naturales o jurídicas, dentro o fuera del país, relativo a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales e incorporales, su explotación, comercialización o administración, comprendiendo especialmente la inversión en efectos de comercio, depósitos a la vista, depósitos a plazo, valores mobiliarios, títulos de crédito, monedas o divisas extranjeras, acciones, bonos, debentures, letras hipotecarias, derechos o acciones de sociedades de cualquier clase o naturaleza, constituidas o por constituirse, y, en general cualquier valor o instrumento de inversión del mercado de capitales; cuatro) Gestión Inmobiliaria; prestación de servicios; estudios y ejecución de desarrollos de proyectos inmobiliarios; explotar predios agrícolas y urbanos; la compra, venta, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación y enajenación de bienes inmuebles y muebles; la realización y planificación de loteos, subdivisiones, y obras de urbanización de todo tipo de inmuebles; realización de negociaciones inmobiliarias, construyendo, vendiendo y arrendando inmuebles ya sea que tenga fin habitacional o no; la construcción, promoción y venta de centros comerciales, locales, oficinas y estacionamientos, de edificios y viviendas acogidas o no, al sistema de franquicias tributarias especiales y /o subsidios habitacionales; el estudio y ejecución e implementación de todo tipo de obras civiles y proyectos de ingeniería, construcción y remodelación, la realización de trabajos de edificación, tales como, casas, edificios, caminos, puentes, por cuenta propia o a través de la contratación de terceros; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; cinco) Sin perjuicio de lo anterior, las demás actividades que los socios acuerden. DURACIÓN: indefinida. ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN: La administración, representación y uso del nombre de la sociedad corresponderá en forma indistinta a los accionistas don EUGENIO VALDECANTOS DE PABLO, doña MONTSERRAT ISABEL FELICIA AZNAR ALSINA, y/o a don EUGENIO VALDECANTOS AZNAR, los Administradores, quienes, actuando en forma conjunta o separada, y anteponiendo su firma a la razón social, podrán obligar válidamente a la sociedad en todos los actos y contratos que ejecuten o celebren. Amplias facultades. CAPITAL: $10.000.000.-, dividido en 1.000 acciones, nominativas, de igual valor, de una misma clase y sin valor nominal, el que ha quedado totalmente suscrito y pagado en dinero en efectivo a la fecha de la escritura, siendo ingresado en caja social en razón de: (Uno) don Eugenio Valdecantos Aznar suscribe 700 acciones, representativas de un 70% del capital social, por la suma de $7.000.000.-, (Dos) don Eugenio Valdecantos De Pablo suscribe 200 acciones, representativas del 20% del capital social, por la suma de $2.000.000.-, y (Tres) doña Montserrat Isabel Felicia Aznar Alsina suscribe 100 acciones, representativas del 10% restante del capital social, por la suma de $1.000.000. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 29 de diciembre de 2020.