CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

CONSTRUCCIÓN Y SERVICIOS REBUS LIMITADA

CVE 1876944
Capital
$853.692 CLP
Duración
Definida

Instrumento

Notario
de diciembre de dos mil veinte. XIMENA PATRICIA RICCI DIAZ
Oficio
Primera Notaría y Conservador de Minas de San Antonio

Sociedad

Capital
$853.692 CLP
Domicilio
La ciudad de san Antonio
Duración
Cinco años contados desde la fecha de la presente escritura, y se entenderá porrogable tácita y sucesivamente por períodos iguales de cinco años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare voluntad de ponerle término con, a lo menos seis meses de anticipación al vencimiento respectivo, mediante escritura pública que se subinscribirá al margen de la inscripción social

Objeto social

El objeto de la sociedad será el arriendo de maquinarias, la realización de todo tipo de trabajo de ingeniería, arquitectura, construcción, edificación, montaje, explotación y venta de todo tipo de obras de ingeniería civil, sean éstas habitacionales, comerciales, industriales, agrícolas, mineras u obras públicas; transporte de materiales de construcción, áridos y otros, de toda clase de obras y edificios, por cuenta propia o ajena, a personas naturales o jurídicas, naturales o extranjeras, sea por administración, suma alzada, mediante contratos o propuestas públicas o privadas, pudiendo prestar cualquier clase de servicios de mantención, realizar tasaciones, evaluar proyectos relacionados directa o indirectamente con el objeto de la sociedad. Efectuar toda clase de actividades comerciales e industriales relacionadas con negocios inmobiliarios o con la actividad de la construcción, actuar como intermediario en la compra, venta, arrendamiento de toda clase de bienes inmuebles, como administrarlos cualquiera sea el título en que hayan sido dados, y, en general, realizar todos los actos que sean necesarios para el cabal cumplimiento social, en general; asimismo la sociedad tendrá por objeto el transporte terrestre de carga, por vehículos propios o ajenos, y cualquier actividad relacionada o no que los socios acuerden de toda clase de operaciones comerciales, productivas, y de servicio que la constituyente desee emprender, ejecutar por cuenta propia o ajena, y cualquier otra actividad comercial o técnica que derive de las actividades precedentes.- Administración, representación y uso razón social corresponderá a doña MARGARITA ROSA CRISTINA BUSTAMANTE MARQUEZ, y doña VIVIANA SALOMÉ REYES BUSTAMANTE, conjunta, separada e indistintamente con las facultades que se indican escritura. El capital social es la cantidad de $853.692875.- (OCHOCIENTOS CINCUENTA Y TRES MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO PESOS, que los socios aportan y pagan en las siguientes proporciones: a) doña MARGARITA ROSA CRISTINA BUSTAMANTE MÁRQUEZ, aporta la suma de Seiscientos cuarenta millones doscientos sesenta y nueve mil seiscientos cincuenta y seis pesos, equivalente a un setenta y cinco por ciento de los derechos sociales, que entera en este acto, de contado; b) La socia doña VIVIANA SALOMÉ REYES BUSTAMANTE, aporta la suma de Setenta y un millones ciento cuarenta y un mil setenta y tres pesos, , equivalente a un ocho coma tres por ciento de los derechos sociales, que entera en este acto, de contado; c) El socio don NELSON MATÍAS REYES BUSTAMANTE, aporta la suma de Setenta y un millones ciento cuarenta y un mil setenta y tres pesos, , equivalente a un ocho coma tres por ciento de los derechos sociales, que entera en este acto, de contado; d) El socio don TOMÁS AGUSTÍN REYES BUSTAMANTE, aporta la suma de Setenta y un millones ciento cuarenta y un mil setenta y tres pesos, , equivalente a un ocho coma tres por ciento de los derechos sociales, que entera en este acto, de contado. De esta forma, el capital social ha quedado íntegramente aportado y pagado por los comparecientes e ingresado a caja social

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

En San Antonio, República de Chile a 22 de diciembre de dos mil veinte. XIMENA PATRICIA RICCI DIAZ, Abogado, Notario Público, Titular de la Primera Notaría y Conservador de Minas de San Antonio, de esta ciudad, con oficio en Avenida Ramón Barros Luco número mil seiscientos ochenta y nueve, Barrancas, San Antonio, Región de Valparaíso, certifico: escritura pública hoy, ante mí, doña MARGARITA ROSA CRISTINA BUSTAMANTE MARQUEZ, doña VIVIANA SALOMÉ REYES BUSTAMANTE, don NELSON MATÍAS REYES BUSTAMANTE, y don TOMÁS AGUSTÍN REYES BUSTAMANTE, todos domiciliados en calle Victoria número ciento noventa y ocho, Sector San Juan comuna de San Antonio; vienen en constituir sociedad comercial de responsabilidad limitada al monto de sus aportes.- Razón social: “CONSTRUCCIÓN Y SERVICIOS REBUS LIMITADA”, pudiendo usar nombre de fantasía “REBUS LTDA.”, que la obligará misma manera que razón social. Objeto: El objeto de la sociedad será el arriendo de maquinarias, la realización de todo tipo de trabajo de ingeniería, arquitectura, construcción, edificación, montaje, explotación y venta de todo tipo de obras de ingeniería civil, sean éstas habitacionales, comerciales, industriales, agrícolas, mineras u obras públicas; transporte de materiales de construcción, áridos y otros, de toda clase de obras y edificios, por cuenta propia o ajena, a personas naturales o jurídicas, naturales o extranjeras, sea por administración, suma alzada, mediante contratos o propuestas públicas o privadas, pudiendo prestar cualquier clase de servicios de mantención, realizar tasaciones, evaluar proyectos relacionados directa o indirectamente con el objeto de la sociedad. Efectuar toda clase de actividades comerciales e industriales relacionadas con negocios inmobiliarios o con la actividad de la construcción, actuar como intermediario en la compra, venta, arrendamiento de toda clase de bienes inmuebles, como administrarlos cualquiera sea el título en que hayan sido dados, y, en general, realizar todos los actos que sean necesarios para el cabal cumplimiento social, en general; asimismo la sociedad tendrá por objeto el transporte terrestre de carga, por vehículos propios o ajenos, y cualquier actividad relacionada o no que los socios acuerden de toda clase de operaciones comerciales, productivas, y de servicio que la constituyente desee emprender, ejecutar por cuenta propia o ajena, y cualquier otra actividad comercial o técnica que derive de las actividades precedentes.- Administración, representación y uso razón social corresponderá a doña MARGARITA ROSA CRISTINA BUSTAMANTE MARQUEZ, y doña VIVIANA SALOMÉ REYES BUSTAMANTE, conjunta, separada e indistintamente con las facultades que se indican escritura. El capital social es la cantidad de $853.692875.- (OCHOCIENTOS CINCUENTA Y TRES MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO PESOS, que los socios aportan y pagan en las siguientes proporciones: a) doña MARGARITA ROSA CRISTINA BUSTAMANTE MÁRQUEZ, aporta la suma de Seiscientos cuarenta millones doscientos sesenta y nueve mil seiscientos cincuenta y seis pesos, equivalente a un setenta y cinco por ciento de los derechos sociales, que entera en este acto, de contado; b) La socia doña VIVIANA SALOMÉ REYES BUSTAMANTE, aporta la suma de Setenta y un millones ciento cuarenta y un mil setenta y tres pesos, , equivalente a un ocho coma tres por ciento de los derechos sociales, que entera en este acto, de contado; c) El socio don NELSON MATÍAS REYES BUSTAMANTE, aporta la suma de Setenta y un millones ciento cuarenta y un mil setenta y tres pesos, , equivalente a un ocho coma tres por ciento de los derechos sociales, que entera en este acto, de contado; d) El socio don TOMÁS AGUSTÍN REYES BUSTAMANTE, aporta la suma de Setenta y un millones ciento cuarenta y un mil setenta y tres pesos, , equivalente a un ocho coma tres por ciento de los derechos sociales, que entera en este acto, de contado. De esta forma, el capital social ha quedado íntegramente aportado y pagado por los comparecientes e ingresado a caja social. Duración: Cinco años contados desde la fecha de la presente escritura, y se entenderá porrogable tácita y sucesivamente por períodos iguales de cinco años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare voluntad de ponerle término con, a lo menos seis meses de anticipación al vencimiento respectivo, mediante escritura pública que se subinscribirá al margen de la inscripción social. Domicilio: La ciudad de san Antonio. Sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda abrir en el resto del país o en el extranjero. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. En San Antonio, 22 de diciembre de dos mil veinte.