INMOBILIARIA RACSO SpA
Instrumento
- Repertorio
- 4049-2020
- Notario
- CLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS
- Oficio
- Primera Notaría con asiento en la comuna de Lo Barnechea
Sociedad
- Capital
- $585.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS, chileno, casado, abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría con asiento en la comuna de Lo Barnechea, Avenida La Dehesa N° 1450, Local 15 A 2, certifico: Que por escritura pública hoy, ante mí: Repertorio N°4049-2020, los accionistas de la sociedad “INMOBILIARIA RACSO SpA”, RUT N°76.309.007-8, sociedad inscrita a Fs. 51.628 N°34.389 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2013, señores: BARBARA VERONICA VIEL ALARCON, corredora de propiedades, cédula de identidad N°5.548.387-6 y ALFONSO PESQUEIRA VIEL, ingeniero comercial, cédula de identidad N°8.717.584-7, ambos, con domicilio en Avenida La Dehesa N°1.822, dpto. 206, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana. Únicos y totales accionistas de la sociedad INMOBILIARIA RACSO SpA, acuerdan aumentar el capital social en $585.000.000.- dividido en 585 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, a un valor de $1.000.000.- por acción, que será suscrito y pagado en su totalidad por el accionista ALFONSO PESQUEIRA VIEL. Aumentando, por tanto, el capital social desde la suma de $700.000.000.- dividido en 700 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, a la suma de $1.285.000.000.- dividido en 1.285 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. En razón de lo anterior, los accionistas acuerdan modificar el Artículo Cuarto del Estatuto Social y el Artículo Primero Transitorio del mismo Estatuto y reemplazarlos por los siguientes: “ARTICULO CUARTO: El capital social es la suma de $1.285.000.000.-, dividido en 1.285 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. Las acciones serán emitidas sin imprimir láminas físicas representativas de dichos títulos. Los aumentos de capital serán acordados por los accionistas. Sin perjuicio de lo anterior, el administrador o el Directorio, en su caso, queda facultado en forma permanente para acordar aumentos de capital con el objeto de financiar la gestión ordinaria de la sociedad, o para fines específicos. El plazo para enterar los aumentos de capital será de un año contado desde la fecha del acuerdo respectivo.” “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital social es la suma de $1.285.000.000.-, dividido en 1.285.- acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que se suscribe y paga en la siguiente forma: a) Doña BARBARA VERONICA VIEL ALARCON, con 350 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, equivalentes a la suma de $350.000.000.- suscritos y pagados con anterioridad a este acto; y b) ALFONSO PESQUEIRA VIEL, con 935.- acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, equivalentes a $935.000.000.- que suscribe y paga en la siguiente forma: Con 350.- acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, equivalentes a $350.000.000.-, suscritas y pagadas con anterioridad a este acto, y con 585.-acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, equivalentes a $585.000.000.-, que suscribe en este acto y que pagará de la siguiente forma: i) Con la capitalización de una cuenta por cobrar que mantiene contra la sociedad por la suma de $505.906.100.-, en este mismo acto; y ii) Con la suma de $79.093.900.-, que pagará en efectivo, dentro de los diez días siguientes contados desde la fecha del presente instrumento. Mantienen vigor cláusulas no modificadas. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 28 de diciembre de 2.020.