Eurus Chile Investments SpA
Instrumento
- Fecha
- 23 de diciembre de 2020
- Repertorio
- 11254-2020
- Notario
- PATRICIO RABY BENAVENTE
- Oficio
- Quinta Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto, el que podrá desarrollar directamente o a través de terceros: /a) la generación de energía eléctrica; /b) el suministro, transmisión, compra y venta de energía eléctrica; c) la construcción, montaje y explotación de equipos, plantas y centrales de generación de energía eléctrica, cualquiera sea su forma o estado, ya sean de dominio de la Sociedad o explotadas a cualquier otro título por ella; d) la compra, venta, importación, exportación, elaboración, producción, comercialización y distribución de toda clase de bienes, insumos o servicios que digan relación con el giro energético de cualquier clase, y la realización de inversiones en relación con ellos; /e) la prestación de servicios energéticos de todo tipo; /f) efectuar y desarrollar toda clase de inversiones relativas a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y administración que digan relación con la generación de energía eléctrica; /g) constituir sociedades y participar en otras sociedades ya constituidas, de todo tipo y naturaleza, cuyo giro esté relacionado con la generación de energía eléctrica; y /h) en general, ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto de la Sociedad o el desarrollo de su giro, pudiendo realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos expresados u otros negocios que digan relación con el giro de la Sociedad
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| EURUS ENERGY CHILE SpA | socio | 76768919-5 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIO RABY BENAVENTE, Notario Público titular de la Quinta Notaría Santiago, domiciliado en Gertrudis Echenique 30, of. 32, Las Condes, certifico: Por escritura pública de fecha 23 de diciembre 2020, repertorio 11.254-2020, ante mí, EURUS ENERGY CHILE SpA, Rol Único Tributario N° 76.768.919-5, domiciliado para estos efectos Avenida Apoquindo 3721, piso 14, Las Condes, Santiago, constituyó sociedad por acciones. Nombre: Eurus Chile Investments SpA. Objeto: La sociedad tendrá por objeto, el que podrá desarrollar directamente o a través de terceros: /a/ la generación de energía eléctrica; /b/ el suministro, transmisión, compra y venta de energía eléctrica; c) la construcción, montaje y explotación de equipos, plantas y centrales de generación de energía eléctrica, cualquiera sea su forma o estado, ya sean de dominio de la Sociedad o explotadas a cualquier otro título por ella; d) la compra, venta, importación, exportación, elaboración, producción, comercialización y distribución de toda clase de bienes, insumos o servicios que digan relación con el giro energético de cualquier clase, y la realización de inversiones en relación con ellos; /e/ la prestación de servicios energéticos de todo tipo; /f/ efectuar y desarrollar toda clase de inversiones relativas a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y administración que digan relación con la generación de energía eléctrica; /g/ constituir sociedades y participar en otras sociedades ya constituidas, de todo tipo y naturaleza, cuyo giro esté relacionado con la generación de energía eléctrica; y /h/ en general, ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto de la Sociedad o el desarrollo de su giro, pudiendo realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos expresados u otros negocios que digan relación con el giro de la Sociedad.- Capital: El capital de la Sociedad de la cantidad de US$1.000.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, fue suscrito por el accionista Eurus Energy Chile SpA y se pagará dentro del plazo de tres años a contar de la fecha de la escritura extractada.- Santiago, 31 de diciembre de 2020. P. Raby B., Not. Público.