DATA SYSTEM LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 24 de diciembre de 2020
- Notario
- Abogado
- Domicilio
- Puerto Montt
Sociedad
- Capital
- $200.000 CLP
Objeto social
QUINTO: la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos, debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con el giro antes señalado; y cualquier otro negocio que acordaren los
Administración
La sociedad será administrada por una o más personas designadas a tal efecto por la Junta de Accionistas de la sociedad, la que en todo caso no estará obligada a reemplazar al administrador provisorio designado. Mientras la Junta de Accionistas no designe a otro administrador y dicha designación no sea anotada al margen de la inscripción del extracto de la presente sociedad en el Registro de Comercio competente, ejercerá la administración de la sociedad el socio constituyente don HÉCTOR IVAN THIERS ESPINOZA, quien estará investido de las más amplias facultades
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFELIPE SAN MARTÍN SCHRÖDER, Abogado, Notario Público Titular de Puerto Montt, Urmeneta N°414, certifica: Por escritura pública, hoy ante mi; don HÉCTOR IVAN THIERS ESPINOZA, chileno, casado y separado de bienes, Ingeniero Civil Industrial, cédula nacional de identidad número ocho millones setecientos cincuenta y ocho mil trescientos treinta y dos guión cinco, por si y en representación de INVERSIONES BAHIA CHAMIZA SpA, del giro de su denominación, rol único tributario setenta y seis millones seiscientos setenta y nueve mil ciento noventa y cinco guión seis, ambos domiciliados en Camino La vara trece mil seiscientos ochenta, Puerto Montt y doña MÓNICA VIVIAN MONTANDON PRIETO, chilena, casada y separada de bienes, Psicóloga, cédula nacional de identidad número diez millones ciento setenta y cinco mil noventa y dos guión dos, domiciliada en Orión mil setenta y uno, Lomas de Reloncaví, Puerto Montt, los comparecientes, mayores de edad, quienes acreditan sus identidades con las cédulas antes citadas modificaron la sociedad THIMON INVERSIONES LIMITADA, antes, “DATA SYSTEM LIMITADA”, constituida mediante escritura pública de fecha diecinueve de enero de mil novecientos noventa y tres, otorgada ante el Notario Público de esta ciudad don Hernán Tike Carrasco. El extracto respectivo fue publicado en el Diario Oficial de fecha veintinueve de enero de mil novecientos noventa y tres, siendo su rol único tributario el número 78.353.220-4 setenta y ocho millones trescientos cincuenta y tres mil doscientos veinte guión cuatro y su capital de $200.000 doscientos mil pesos. La sociedad fue inscrita en el Registro de Comercio de Puerto Montt a fojas setenta y siete número treinta y cuatro del año mil novecientos noventa y tres. Modificación inscrita a fojas mil ciento treinta y cinco número ochocientos cuarenta y cuatro del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Montt del año dos mil catorce. MODIFICACIONES EFECTUADAS: Cesión de derechos: Por la presente escritura, la socia MÓNICA VIVIAN MONTANDON PRIETO, vende cede y transfiere el total de sus derechos en la sociedad a INVERSIONES BAHÍA CHAMIZA SpA, quien a través de su presentante acepta y adquiere los derechos cedidos. El precio de la cesión de los derechos asciende a la suma de tres millones de pesos, suma que es pagada en este acto y en dinero efectivo, dando la cesionaria por pagado el monto señalado. En virtud de la cesión de derechos los único socios de la sociedad son don HÉCTOR IVAN THIERS ESPINOZA en un setenta y cinco por ciento de los derechos sociales y la sociedad INVERSIONES BAHIA CHAMIZA SpA, en un veinticinco por ciento. TRANSFORMACIÓN: don HÉCTOR IVAN THIERS ESPINOZA, y la sociedad INVERSIONES BAHÍA CHAMIZA SPA, en su calidad de únicos socios de la sociedad THIMON INVERSIONES LIMITADA, vienen en transformar la sociedad antes individualizada en una sociedad por acciones, la cual será su continuadora legal y tendrá el siguiente estatuto. Razón social: El nombre de la sociedad es “THIMON INVERSIONES SpA". El domicilio, de la sociedad es la ciudad de Puerto Montt, sin perjuicio de poder establecer agencias y sucursales en otros lugares del país o del extranjero. Duración, indefinida. El objeto de la sociedad será: UNO: La compra, venta, arriendo, subarrendamiento, comercialización, distribución, importación, exportación, fabricación, representación, elaboración, producción, transformación de toda clase de bienes muebles o inmuebles, mercaderías productos de cualquier tipo, materias primas, aparatos equipos, instrumentos, maquinarias, herramientas, vehículos u otros elementos afines, en el país o en el extranjero. DOS: La realización de todo tipo de actividades y negocios fabriles, sea por cuenta propia o ajena. TRES: Asesoría general, dar cursos, charlas, exposiciones, simposios, seminarios y otros de divulgación y especialización científicas. CUATRO: Prestación de servicios de comercialización a las producciones de terceros; la producción de insumos para la producción de las especies o bienes mencionados en el objeto social. QUINTO: la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos, debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con el giro antes señalado; y cualquier otro negocio que acordaren los socios. El capital de la sociedad es de doscientos mil Pesos, dividido en cien acciones nominativas, sin valor nominal, de una sola serie. El capital social de doscientos mil pesos, dividido en CIEN acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, las que se suscriben y pagan al valor inicial de dos mil pesos cada acción, según las reglas siguientes: A. El accionista fundador don HÉCTOR IVAN THIERS ESPINOZA, toma la cantidad se setenta y cinco acciones, equivalentes al setenta y cinco por ciento del total accionario, enterándose en este acto mediante el pago al contado y en efectivo de la suma de ciento cincuenta mil pesos. B. El accionista fundador INVERSIONES BAHIA CHAMIZA SpA, toma la cantidad se veinticinco acciones, equivalentes al veinticinco por ciento del total accionario, enterándose en este acto mediante el pago al contado y en efectivo de la suma de cincuenta mil pesos. Conforme lo permite el artículo cuatrocientos treinta y cuatro del Código de Comercio, se acuerda no imprimir láminas físicas de las acciones. Administración. La sociedad será administrada por una o más personas designadas a tal efecto por la Junta de Accionistas de la sociedad, la que en todo caso no estará obligada a reemplazar al administrador provisorio designado. Mientras la Junta de Accionistas no designe a otro administrador y dicha designación no sea anotada al margen de la inscripción del extracto de la presente sociedad en el Registro de Comercio competente, ejercerá la administración de la sociedad el socio constituyente don HÉCTOR IVAN THIERS ESPINOZA, quien estará investido de las más amplias facultades. Otras estipulaciones constan escritura extractada. Puerto Montt, 24 de diciembre de 2020.-