BRONTEK SpA
Instrumento
- Fecha
- 15 de diciembre de 2020
- Notario
- ALVARO DAVID GONZALEZ SALINAS
- Oficio
- 42° Notaría
Objeto social
El objeto de la Sociedad será: a) La producción, exportación, importación y comercialización de artículos y accesorios deportivos publicitarios; b) La compra, venta, importación, exportación y comercialización en general de toda clase de productos, artículos, equipos o maquinarias, insumos y)o bienes muebles afines con el rubro de la tecnología e informática en general; c) Invertir en bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales de toda clase, entre ellas, acciones, bonos, debentures; y, en general, invertir en cualquiera clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales muebles, pudiendo adquirir y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos; concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase, naturaleza u objeto, ingresar a las ya constituidas, chilenas o extranjeras, abrir sucursales o agencias y participar con plenas facultades en ellas; y; d) Celebrar los demás negocios relacionados con los anteriores que los accionistas acuerden llevar a cabo, pudiendo realizar todos los actos y celebrar los contratos que sean necesarios y conducentes a la consecución de los fines sociales.”.- 3) Se modifica la cláusula Novena del estatuto social, referida a la administración de la Sociedad, en el sentido de reemplazar al actual administrador. Por tanto, dicha cláusula queda como a continuación se señala: “NOVENO. De la
Administración
La Sociedad será administrada y representada por don Luis Enrique Castro Meza, ya individualizado y quien la representará judicial y extrajudicialmente, y para el cumplimiento del objetivo social, estará investido de todas las facultades de administración y de disposición, sin que sea necesario otorgarle poder alguno ni acreditarlas ante terceros; inclusive para aquellos actos o contratos respecto de los cuales las leyes exigen estas circunstancias.”
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALVARO DAVID GONZALEZ SALINAS, abogado, Notario Público Titular 42° Notaría, con oficio en Agustinas 1070, piso 2, Santiago, certifico que: Que por escritura pública de fecha 15 de diciembre de 2020, Repertorio número 48.619, ante mí, don Luis Enrique Castro Meza, procedió a modificar la sociedad BRONCERIAS ELÍAS SpA, en adelante la “Sociedad”, constituida por escritura pública de fecha 18 de diciembre de 2018, otorgada en la Notaría de Santiago de don Juan Ricardo San Martin Urrejola, cuyo extracto rola inscrito a fojas 100.359, número 51.614, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2018. Las modificaciones consisten en: 1) Modificar la actual razón social de la Sociedad, desde “Broncerias Elias SpA” a “Brontek SpA”, pudiendo utilizar el nombre de fantasía de “Brontek”. En razón de la modificación recién señalada, se reemplaza íntegramente la cláusula Segunda de los estatutos sociales, por la siguiente: “SEGUNDO: Nombre. El nombre de la sociedad será “BRONTEK SpA”, la que podrá usar, para todos los efectos, inclusive de contratación y bancarios, el nombre de fantasía “BRONTEK”, en adelante la “Sociedad”.- 2) Se amplía el objeto social, modificándose, en consecuencia, la cláusula Quinta de los estatutos sociales, quedando de la siguiente manera: “QUINTO: Objeto. El objeto de la Sociedad será: a) La producción, exportación, importación y comercialización de artículos y accesorios deportivos publicitarios; b) La compra, venta, importación, exportación y comercialización en general de toda clase de productos, artículos, equipos o maquinarias, insumos y/o bienes muebles afines con el rubro de la tecnología e informática en general; c) Invertir en bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales de toda clase, entre ellas, acciones, bonos, debentures; y, en general, invertir en cualquiera clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales muebles, pudiendo adquirir y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos; concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase, naturaleza u objeto, ingresar a las ya constituidas, chilenas o extranjeras, abrir sucursales o agencias y participar con plenas facultades en ellas; y; d) Celebrar los demás negocios relacionados con los anteriores que los accionistas acuerden llevar a cabo, pudiendo realizar todos los actos y celebrar los contratos que sean necesarios y conducentes a la consecución de los fines sociales.”.- 3) Se modifica la cláusula Novena del estatuto social, referida a la administración de la Sociedad, en el sentido de reemplazar al actual administrador. Por tanto, dicha cláusula queda como a continuación se señala: “NOVENO. De la Administración. La Sociedad será administrada y representada por don Luis Enrique Castro Meza, ya individualizado y quien la representará judicial y extrajudicialmente, y para el cumplimiento del objetivo social, estará investido de todas las facultades de administración y de disposición, sin que sea necesario otorgarle poder alguno ni acreditarlas ante terceros; inclusive para aquellos actos o contratos respecto de los cuales las leyes exigen estas circunstancias.”.-. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 29 de diciembre de 2020.