CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Baraona Marshall y Compañía Limitada

CVE 1876584
Capital
$300.000 CLP
Fecha instrumento
28 de diciembre de 2020
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
28 de diciembre de 2020
Repertorio
18176-2020
Notario
MARÍA FERNANDA DE LOS SANTOS FERRAZ
Oficio
Titular de la 27 Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$300.000 CLP
Duración
La duración de la sociedad será de veinte años a contar de esta fecha, plazo que se prorrogará automática, tácita y sucesivamente por períodos iguales de diez años cada uno si ninguno de los socios expresa su voluntad de ponerle término mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio respectivo con al menos seis meses de anticipación al vencimiento del período respectivo.- Limitación de Responsabilidad: La

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto principal la prestación de todo tipo de servicios profesionales, incluyendo de asesoría legal, judicial, comercial, administrativa, de negocios y estratégica, para todo tipo de personas o entidades públicas o privadas, nacionales o extranjeras. Para el cumplimiento de este objeto, la Sociedad podrá: /a) adquirir participaciones de interés social de otras sociedades existentes a fin de permitir su intervención en la gestión de dichas sociedades o empresas nacionales y extranjeras domiciliadas en la República de Chile y constituir sociedades; /b) adquirir, disponer, y ceder, libremente y a cualquier título, total o parcialmente, pura y simplemente o sujeta a modalidad, bienes inmuebles o muebles, ya sean éstos corporales o incorporales; como asimismo, comprometer y garantizar, en cualquier forma, obligaciones propias o de terceros; c) contratar toda clase de servicios, y d) en general, cualquier acto que conducente para el desarrollo de su

Administración

La administración y representación de la sociedad y el uso de la razón social, corresponderá a dos cualquiera de los socios actuando conjuntamente, quienes estarán investidos con las facultades y poderes señalados en el Artículo Séptimo de los estatutos sociales

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARÍA FERNANDA DE LOS SANTOS FERRAZ, abogado, Notario Público Suplente de la Titular de la 27 Notaria de Santiago, doña María Patricia Donoso Gomien, con oficio en calle Orrego Luco 0153, Comuna de Providencia, certifico que por escritura pública de fecha 28 de diciembre de 2020, repertorio N° 18.176-2020, otorgada ante la notario Titular, doña Maria Patricia Donoso Gomien: /Uno/ El señor JUAN MANUEL BARAONA SAINZ, domiciliado en calle Valle Elocuente número tres mil quinientos setenta y tres, comuna de Lo Barnechea, ciudad de Santiago; /Dos/El señor JUAN PABLO BARAONA RUFATT, domiciliado en calle El Rebalse número ochocientos cincuenta y seis, comuna de Lo Barnechea, ciudad de Santiago; y, /Tres/ El señor RAÚL EDUARDO MARSHALL JULLIAN, domiciliado en Condominio Santa Teresita, Parcela Tres, calle Santa Esther sin número, comuna y ciudad de Colina, y de paso en ésta, quienes constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: Razón Social: La razón social será "Baraona Marshall y Compañía Limitada", pudiendo usar, incluso ante bancos, los nombres de fantasía de "Baraona & Marshall” o “Baraona Marshall y Cía.”.- Administración: La administración y representación de la sociedad y el uso de la razón social, corresponderá a dos cualquiera de los socios actuando conjuntamente, quienes estarán investidos con las facultades y poderes señalados en el Artículo Séptimo de los estatutos sociales.- Capital: El capital social asciende a la suma de $300.000, que los socios, en partes iguales, suscribieron, enteraron y aportaron en el acto de constitución, en dinero en efectivo.- Objeto: La sociedad tendrá por objeto principal la prestación de todo tipo de servicios profesionales, incluyendo de asesoría legal, judicial, comercial, administrativa, de negocios y estratégica, para todo tipo de personas o entidades públicas o privadas, nacionales o extranjeras. Para el cumplimiento de este objeto, la Sociedad podrá: /a/ adquirir participaciones de interés social de otras sociedades existentes a fin de permitir su intervención en la gestión de dichas sociedades o empresas nacionales y extranjeras domiciliadas en la República de Chile y constituir sociedades; /b/ adquirir, disponer, y ceder, libremente y a cualquier título, total o parcialmente, pura y simplemente o sujeta a modalidad, bienes inmuebles o muebles, ya sean éstos corporales o incorporales; como asimismo, comprometer y garantizar, en cualquier forma, obligaciones propias o de terceros; c) contratar toda clase de servicios, y d) en general, cualquier acto que conducente para el desarrollo de su giro.- Duración: La duración de la sociedad será de veinte años a contar de esta fecha, plazo que se prorrogará automática, tácita y sucesivamente por períodos iguales de diez años cada uno si ninguno de los socios expresa su voluntad de ponerle término mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio respectivo con al menos seis meses de anticipación al vencimiento del período respectivo.- Limitación de Responsabilidad: La responsabilidad de los socios queda limitada hasta el monto de sus respectivos aportes.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 05 de enero de 2021.