ZAMORANO Y OYARZÚN COMPAÑÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 30 de diciembre de 2020
- Repertorio
- 2289
- Notario
- Gonzalo Miguez Nuñez
- Domicilio
- Tomé
- Comuna
- Suplente del Titular
Sociedad
- Capital
- $7.500 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGonzalo Miguez Nuñez, Abogado y Notario Público Titular de Tomé, con oficio en calle Sotomayor N° 1265, Comuna de Tomé, Certifica: Que por Escritura Pública, otorgada ante doña Maribel Carmen Concha Bustos, Abogada, Notaria Suplente del Titular, Gonzalo Miguez Nuñez, con fecha 30 de Diciembre de 2020, Repertorio N° 2.289; don RODRIGO NATALIO ZAMORANO VERGARA, cédula de identidad número 13.456.804-6; doña MARÍA EUGENIA OYARZÚN ISAMITT, cédula de identidad número 13.268.755-2, y don JUAN ESTEBAN OYARZÚN BAHAMONDEZ, cédula de identidad número 6.492.331-5, todos domiciliados en Avenida La Cumbre, número cincuenta 54, Lomas de Pingueral, Tomé; modificaron la Sociedad “ZAMORANO Y OYARZÚN COMPAÑÍA LIMITADA” Rol Único Tributario número 76.245.188-3, constituida con fecha con fecha 28 de Enero del año 2013, mediante Escritura Pública celebrada ante doña Zunilda Suazo Castillo, Notario Público suplente del titular de Concepción, don José Gerardo Bambach Echazarreta. Inscrita a fojas 314 vta., número 296 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción del año 2013. Modificada a fojas 918, número 749 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción del año 2017 y Saneada a fojas 919, número 750, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción del año 2017. El capital actual de la sociedad asciende a la suma de $7.500.000. Modifican sociedad en cuanto: 1) El socio JUAN ESTEBAN OYARZÚN BAHAMONDEZ, vende, cede y transfiere la totalidad de los derechos sociales de que es dueño en la referida empresa a la socia doña MARÍA EUGENIA OYARZÚN ISAMITT, quien declara que lo compra y acepta para sí, pagando al cedente la suma de $2.500.000; 2) Como consecuencia de la cesión de derechos antes señalada, quedan como únicos socios de la Sociedad, las siguientes personas con las participaciones sociales que se indican a continuación: a) El socio RODRIGO NATALIO ZAMORANO VERGARA, con un tercio del capital social, o el 33.3% del capital social y b) La socia MARÍA EUGENIA OYARZÚN ISAMITT, con dos tercios del capital social, o el 66.6% del capital social; 3) Se reemplaza íntegramente la cláusula quinta de la escritura social y sus modificaciones por la siguiente: “CLÁUSULA QUINTA: CAPITAL: El capital de la sociedad es la cantidad de siete millones quinientos mil pesos ($7.500.000) que los socios han aportado e ingresado a caja social de la siguiente forma: Uno) El socio RODRIGO NATALIO ZAMORANO VERGARA ha aportado y pagado la cantidad de dos millones quinientos mil pesos ($2.500.000) equivalentes a un tercio del capital social, o, expresado numéricamente, el 33.3% del capital social en la sociedad referida y Dos) La socia MARÍA EUGENIA OYARZÚN ISAMITT, ha aportado y pagado con esta fecha la cantidad de cinco millones de pesos ($5.000.000) equivalentes a dos tercios del capital social, o, expresado numéricamente el 66.6% del capital social en la sociedad referida”. En todo lo no modificado expresamente permanece vigente estatuto social primitivo. Tomé, 04 de Enero de 2021.