CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

MONTETORO SpA

CVE 1875937
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
29 de diciembre de 2020
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
29 de diciembre de 2020
Notario
HUMBERTO ENRIQUE MIRA GAZMURI
Oficio
29ª Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana
Duración
Indefinida

Objeto social

La sociedad tendrá por

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

HUMBERTO ENRIQUE MIRA GAZMURI, Notario Público, Interino 29ª Notaría Santiago, Mac- Iver 225, oficina 302, certifica: Por escritura pública de fecha 29 de Diciembre de 2020, ante mí, RICARDO JOSÉ TORO CORREA, Monseñor Adolfo Rodríguez N° 12.631, casa 20, Lo Barnechea y ARTURO ANDRÉS MONTENEGRO SOTOMAYOR, El Peral N° 646, departamento 104, Lo Barnechea; Constituyeron sociedad por acciones. Razón Social: MONTETORO SpA. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: a) La compra, venta, comercialización, exportación y/o importación, distribución, producción, envasado de vino, licores, vinagres, alcoholes, destilados y de todo tipo de productos vitivinícolas, especialmente mostos, ya sea embotellados, envasados y/o a granel; b)Prestar toda clase de servicios materiales e inmateriales, profesionales o técnicos, así como proporcionar a terceros toda clase de asesorías o consultorías especialmente en las áreas de gestión, asesoría financiera y otras. Para el cumplimiento de los fines sociales la sociedad podrá ejecutar y celebrar todos los actos y contratos que se estimen necesarios o conducentes al cumplimiento de los fines sociales, a la realización de los negocios que los socios acuerden o a las inversiones de los fondos disponibles, sin limitación o restricción alguna. Capital: $10.000.000, dividido 10.000 acciones ordinarias, misma serie, nominativas y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado. Duración: Indefinida. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de poder establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Santiago, 31 de Diciembre de 2020.