INMOBILIARIA E INVERSIONES OVIEDO PEPE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 7 de diciembre de 2020
- Repertorio
- 9111/2020
- Notario
- FRANCISCO JAVIER HERMIDA BREVIS
- Domicilio
- Concepción
Sociedad
- Capital
- $400.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCO JAVIER HERMIDA BREVIS, Notario Público Concepción, con oficio en Barros Arana Nº989, suplente del Notario Titular de esta ciudad don Carlos Alberto Miranda Jiménez, certifico: Que por escritura pública de fecha 07 de Diciembre de 2020, ante doña Diana Beatriz Sepúlveda Moreno, suplente de dicho Notario Titular, Repertorio Nº9111/2020, señores SILVIA LIDIA OVIEDO PEPE, MAURICIO ALEJANDRO LAMA OVIEDO y RODOLFO IGNACIO LAMA OVIEDO, todos Barros Arana Nº798, Concepción, acordaron modificar “INMOBILIARIA E INVERSIONES OVIEDO PEPE LIMITADA”, r.u.t. 76.905.687-4, constituida escritura pública 29-06-2018, ante Juan Rubilar Rivera, Notario Público Concepción suplente titular, Carlos Miranda Jiménez, extracto publicado D. Of. 21-07-2018 inscrito fojas 1530 Nº1202 Registro Comercio Conservador Bienes Raíces Concepción año 2018. Capital $400.000.000, siguiente sentido: a) NOMBRE O RAZON SOCIAL, se modifica cláusula segunda, quedando como sigue: “SEGUNDO: El nombre o razón social será “INVERSIONES OVIEDO PEPE LIMITADA”, pudiendo reemplazar la expresión LIMITADA POR "LTDA." y pudiendo la sociedad actuar y obligarse, ante todo tipo de personas y organismos públicos y privados y especialmente para las entidades bancas, Tesorería General de la República y el Servicio de Impuestos Internos con el nombre de fantasía "OVIEDO PEPE LTDA."; y b) OBJETO GIRO SOCIAL, se modifica cláusula tercera, quedando como sigue: “El objeto o giro de la sociedad será la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios.”.- En lo no modificado subsiste íntegramente el estatuto social. Demás estipulaciones no requieren extracto.- CONCEPCION, 24 de Diciembre de 2020.