MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES AILLAQUILLEN LIMITADA

RUT 77092873-7 CVE 1875507
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
21 de diciembre de 2020

Instrumento

Fecha
21 de diciembre de 2020
Notario
ALEJANDRO OMAR ABUTER GAME
Domicilio
Concepción con asiento en Penco

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALEJANDRO OMAR ABUTER GAME, Notario Público Concepción con asiento en Penco, oficio calle Penco 150, certifico: por escritura pública DE FECHA 21 DICIEMBRE 2020, Repertorio número 1071-2020, ante mí, don ÁLVARO IVÁN ANANÍAS ITAÍM, quien comparece por sí y en representación de don ÁLVARO JOSÉ ANANÍAS SALAS,doña MARÍA VERÓNICA SALAS GARCÍA DE VINUESA, doña ANTONIA PAZ ANANÍAS SALAS, y don CLEMENTE PABLO ANANÍAS SALAS, todos domiciliados para estos efectos en calle La Cantera trescientos cuarenta y seis, Villuco, comuna de Chiguayante, modificaron la sociedad INVERSIONES AILLAQUILLEN LIMITADA, rut 77.092.873-7, inscrita a fojas 68 número 62 en el Registro de Comercio a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Penco del año 2019, en el siguiente sentido: UNO. Acordaron aumentar el capital de la sociedad, ascendente a $1.000.000, en la suma de $584.818.755, con lo cual el capital quedó fijado en la cantidad de $585.818.755, íntegramente suscrito y pagado en la forma indicada en la escritura extractada. DOS.Asimismo, acordaron modificar la distribución de utilidades de la sociedad, en la forma que se indica más adelante.TRES.En virtud de lo anterior, los socios acordaron modificar los estatutos sociales, en los siguientes términos: A. Modificar el Artículo Cuarto de los estatutos sociales, el cual queda de la siguiente forma: El capital de la sociedad será la cantidad de $585.818.755, íntegramente suscrito y pagado en las proporciones siguientes: a) Don ÁLVARO IVÁN ANANÍAS ITAÍM, $900.000, equivalentes al 0,153% del capital y derechos sociales, íntegramente pagados con anterioridad a esta fecha, en dinero efectivo al contado; b) Doña MARÍA VERÓNICA SALAS GARCÍA DE VINUESA, $25.000, equivalentes al 0,004% del capital y derechos sociales, íntegramente pagados con anterioridad a esta fecha, en dinero efectivo al contado; c) Don ÁLVARO JOSÉ ANANÍAS SALAS, $194.964.585, equivalentes al 33,281% del capital y derechos sociales, de los cuales $25.000 íntegramente pagados en dinero efectivo al contado en el acto de constitución social, y $194.939.585, íntegramente pagados en este acto; d) Doña ANTONIA PAZ ANANÍAS SALAS, $194.964.585, equivalentes al 33,281% del capital y derechos sociales, de los cuales $25.000 íntegramente pagados en dinero efectivo al contado en el acto de constitución social, y $194.939.585, íntegramente pagados en este acto, y; e) Don CLEMENTE PABLO ANANÍAS SALAS, $194.964.585, equivalentes al 33,281% del capital y derechos sociales, de los cuales $25.000 íntegramente pagados en dinero efectivo al contado en el acto de constitución social, y $194.939.585, íntegramente pagados en este acto. Los socios dejan constancia que los porcentajes de participación son meramente referenciales y que su participación está determinada por el monto efectivo de los aportes.B. Modificar el Artículo Octavo de los estatutos sociales, el cual queda con el siguiente tenor: Utilidades se distribuirán de la siguiente forma: a) A don Álvaro Iván Ananías Itaím, 90% de las utilidades sociales; b) A doña María Verónica Salas García De Vinuesa, 2,5% de las utilidades sociales; c) A don Álvaro José Ananías Salas, 2,5% de las utilidades sociales; d) A doña Antonia Paz Ananías Salas, 2,5% de las utilidades sociales, y; e) A don Clemente Pablo Ananías Salas, 2,5% de las utilidades sociales. Responsabilidad de los socios limitada al monto de sus respectivos aportes.Demás estipulaciones en escritura extractada. Penco, Penco 29 diciembre de 2020.