CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

INVERSIONES VG SpA

CVE 1875215
Capital
$600.000 CLP
Fecha instrumento
24 de diciembre de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
24 de diciembre de 2020
Notario
MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO
Oficio
Trigésima Octava Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$600.000 CLP

Objeto social

La sociedad tendrá por

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, Abogada, Notario Público Titular de la Trigésima Octava Notaría de Santiago, con Oficio en calle Miraflores 178, piso 5, Santiago, certifico que, por escritura pública de fecha 24 de diciembre de 2020, ante mí: don HUGO VICUÑA GONZÁLEZ, don VICENTE VICUÑA GONZÁLEZ, y doña SOFÍA VICUÑA GONZÁLEZ, constituyeron una sociedad por acciones: Nombre de la Sociedad: El nombre o razón social de la Sociedad será INVERSIONES VG SpA. Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto: a) Invertir, en Chile o en el extranjero, toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, títulos, efectos de comercios y cualesquiera otros valores o documentos mercantiles, sean ellos de oferta pública o privada y, en general, toda clase de títulos y valores mobiliarios; b) Participar en toda clase de negocios o empresas inmobiliarias; c) La prestación de toda clase de asesorías en materias comerciales, financieras, económicas, mercantiles, de inversiones, administrativas y consultorías en general; y, d) Administrar por cuenta propia o ajena toda clase de negocios o agencias, representaciones, licencias, marcas comerciales, franquicias, empresas o bienes de cualquier naturaleza. La sociedad podrá desarrollar total o parcialmente su giro, por cuenta propia o ajena o por medio de otras sociedades en las que participe o forme al efecto, pudiendo tener en ellas inclusive la calidad de socia gestora. Capital: El capital de la Sociedad asciende a la suma de $600.000, dividido en 600 acciones ordinarias, nominativas, todas de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 29 de diciembre de 2020.