MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA E INVERSIONES SADARANGANI Y COMPAÑÍA LIMITADA

RUT 78563990-1 CVE 1875227
Fecha instrumento
10 de diciembre de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
10 de diciembre de 2020
Notario
FELIPE EDUARDO LEIVA ILABACA
Oficio
titular de la 2ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FELIPE EDUARDO LEIVA ILABACA, Notario Público, Suplente del titular de la 2ª Notaría de Santiago, oficio en Calle Amunátegui setenta y tres, comuna de Santiago, certifica que por escritura pública de fecha 10-12-2020, ante mí:, DANESH RAMESH SADARANGANI, en representación de INVERSIONES KALABAI DOS S.A., ambos domiciliados para estos efectos en Bascuñán Guerrero número cuarenta y siete, comuna de Santiago, Región Metropolitana; doña MARÍA MAHBOOBANI DARYANANI, en representación de INMOBILIARIA E INVERSIONES SAMIR (CHILE) SpA, antes INMOBILIARIA E INVERSIONES SAMIR (CHILE) LIMITADA, ambos con domicilio para estos efectos, en calle Gay número dos mil quinientos setenta y dos, comuna de Santiago, Región Metropolitana, y; don PREM GORDHANDAS SADARANGANI, en representación de INMOBILIARIA E INVERSIONES ANKAR SpA antes INMOBILIARIA E INVERSIONES ANKAR LIMITADA, modificaron estatutos sociales de INMOBILIARIA E INVERSIONES SADARANGANI Y COMPAÑÍA LIMITADA inscrita a Fs.21.659 Nº17.719, Registro Comercio Santiago 1994, modificada a Fs.9.756 N°7.768, Registro Comercio Santiago 2000 y a Fs. 40.592 Nº 27.122, Registro Comercio Santiago 2013, en lo siguiente: Se modifica el artículo Séptimo de Administración y uso de la razón social la que corresponderá al socio Inversiones Kalabai Dos S.A., por medio de uno o más de sus representantes especialmente designados al efecto, con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, con las limitaciones y restricciones indicadas en el acápite denominado “Facultades Especiales” de la antedicha cláusula, con las facultades que se encuentran insertas en la cláusula séptima del pacto social y la presente modificación, las que se dan expresa e íntegramente por reproducidas. En todo lo no modificado, continúan plenamente vigentes las demás disposiciones de los estatutos sociales.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Santiago, 30 de Diciembre de 2020.