MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

IMPORT EXPORT TOMAIN LIMITADA

RUT 76152361-9 CVE 1875370
Fecha instrumento
10 de mayo de 2011

Instrumento

Fecha
10 de mayo de 2011
Notario
RUBEN ANTONIO ESCOBAR GARCIA
Domicilio
Iquique

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RUBEN ANTONIO ESCOBAR GARCIA, Abogado, Notario Público Iquique, Suplente Titular MARIA ANTONIETA NIÑO DE ZEPEDA PARRA, A. Pinto N°555, certifico que por escritura pública, hoy ante mí, CESAR PRESILIO GARCIA MAMANI, MARTA ROSALIA MAMANI CASTRO, y MARIELA ANDREA CONDORE MAMANI, todos calle Sotomayor N°2090, Iquique; modifican sociedad “IMPORT EXPORT TOMAIN LIMITADA” o “TOMAIN LTDA.”, constituida por escritura pública fecha 10 de Mayo 2011, otorgada ante Notario Público Iquique, María Antonieta Niño de Zepeda Parra, inscrita a fojas 669 vuelta bajo el N°690 Registro de Comercio de Iquique, correspondiente al año 2011, sentido que, socio, don CESAR PRESILIO GARCIA MAMANI, dueño de derechos y acciones en la sociedad que equivalente al 50% capital social total, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos y acciones en la sociedad, a MARTA ROSALIA MAMANI CASTRO, quien compra, acepta y adquiere para sí, el 30% capital social; y a MARIELA ANDREA CONDORE MAMANI, quien compra, acepta y adquiere para sí, el 20% restante capital social. En consecuencia cesión referida, sociedad “IMPORT EXPORT TOMAIN LIMITADA”, nombre fantasía “TOMAIN LTDA.”, queda constituida por sus 2 únicas socias, a saber: MARTA ROSALIA MAMANI CASTRO, dueña del 80% derechos y acciones en la sociedad; y doña MARIELA ANDREA CONDORE MAMANI, dueña del 20% restante derechos y acciones en la sociedad. Actuales socias modifican cláusula cuarta del pacto social constitutivo, sentido que la administración, representación y el uso razón social corresponderá en forma separada e indistinta a cualesquiera de ellas, es decir, a MARTA ROSALÍA MAMANI CASTRO, y a MARIELA ANDREA CONDORE MAMANI, quienes anteponiendo la razón social a sus firmas, la representarán y obligarán a la sociedad, con las mismas facultades establecidas en el pacto social constitutivo, sin ningún tipo de restricción. En todo lo no modificado, quedan plenamente vigentes estipulaciones pacto social primitivo. Demás estipulaciones en escritura extractada. Iquique, 04 Diciembre de 2020.