CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

El Vergel SpA

CVE 1875158
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
17 de diciembre de 2020
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
17 de diciembre de 2020
Notario
ELL PEÑA Y LILLO
Domicilio
Conservador y Archivero Judicial Interino de esta ciudad

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana
Duración
Indefinida

Objeto social

La sociedad tiene por

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JOSE JAVIER GÜELL PEÑA Y LILLO, abogado, Notario Público, Conservador y Archivero Judicial Interino de esta ciudad, Ortuzar 621, Pichilemu: certifico que por escritura pública de 17 de diciembre de 2020, MARTÍN ELTON DEVES, chileno, casado bajo separación total de bienes, ingeniero, cédula de identidad número quince millones ochocientos treinta y tres mil trescientos ochenta y tres guion K, domiciliado para estos efectos en calle Machu Pichu número nueve mil trescientos diecinueve, comuna de Vitacura; y, JOAQUIN AUGUSTO DE UNDURRAGA ALCALDE, chileno, soltero, arquitecto, cédula nacional de identidad número dieciséis millones novecientos cuarenta y dos mil doscientos cuarenta y dos guion siete, domiciliado para estos efectos en calle El Arcángel, número cuatro mil seiscientos sesenta y nueve, departamento ciento veintidós, Región Metropolitana, comuna de Vitacura; constituyeron una sociedad por acciones. NOMBRE: “EL VERGEL SpA”. OBJETO: La sociedad tiene por objeto: Uno) La inversión en toda clase de bienes, ya sean raíces o muebles, corporales o incorporales, por cuenta propia, por cuenta ajena o a través de otras sociedades o fondos de inversión de cualquier tipo, en especial, en acciones de sociedades anónimas, sociedades por acciones o de sociedades en comandita por acciones, derechos en sociedades de personas, bonos, instrumentos financieros, metales preciosos, divisas y cualquier otro depósito de valor –existente a la fecha de constitución de la sociedad o de desarrollo posterior-; y, en particular, en toda clase de valores mobiliarios y títulos de crédito o de inversión; Dos) El desarrollo de negocios inmobiliarios, directamente, por intermedio de terceros, o en conjunto con otras personas naturales o jurídicas, para lo cual podrá adquirir, enajenar, negociar y disponer en cualquier forma y a cualquier título de bienes raíces urbanos o rurales, pudiendo efectuar loteos, subdivisiones, urbanizaciones y construcciones de cualquier naturaleza, y venderlos y/o explotarlas, por cuenta propia o ajena; Tres) La construcción, por cuenta propia o ajena mediante el sistema de administración, suma alzada o cualquier otro, de todo tipo de edificios, casas, oficinas, locales comerciales, establecimientos o construcciones de cualquier naturaleza; la urbanización, loteo, planificación y diseño de conjuntos habitacionales; y en general, la ejecución de toda clase de obras civiles, en todas sus etapas, por cuenta propia o ajena; y en la celebración y ejecución de todos los actos y contratos encaminados a la construcción de tales obras y a la explotación de las mismas; Cuatro) La elaboración de proyectos y cálculos de ingeniería, en toda clase de especialidades, proyectos, estudios, asesorías y tasaciones; Cinco) Dar y recibir en arrendamiento, en leasing, subarrendar, y ceder a terceros por cualquier título, el uso y goce de bienes raíces y muebles; y, Seis) Para el cumplimiento de su objeto, siempre considerado por ley de carácter comercial, la sociedad podrá adquirir, enajenar, arrendar y, en general, explotar en cualquier forma toda clase de títulos valores e instrumentos de inversión, sean estos representativos de deuda o bien de capital de su emisor. La sociedad podrá operar tanto dentro del territorio de la República de Chile como fuera de este, de forma que estará autorizada para adquirir en el extranjero bienes corporales o incorporales muebles, al igual que toda clase de bienes y valores, sea que estos hubieren sido emitidos por entidades chilenas o de cualquier otra nacionalidad o bien por organismos internacionales. Asimismo, en la inversión de sus recursos y para el cumplimiento de los objetivos de la sociedad, esta podrá concurrir a la constitución de sociedades de cualquier tipo y participar en ellas de cualquier forma, sean anónimas, por acciones, de responsabilidad limitada, colectivas civiles, colectivas comerciales y en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria o gestora en estas últimas. Además, podrá ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los accionistas y que tengan relación con el objeto social, así como ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado. DOMICILIO: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana; sin perjuicio de las agencias, oficinas, depósitos o sucursales que acuerde establecer en otras comunas del país o en el extranjero. DURACIÓN: Indefinida. CAPITAL Y ACCIONES: $1.000.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, de una sola serie, sin valor nominal. El capital se encuentra íntegramente suscrito y pagado. Otras estipulaciones en escritura extractada. Pichilemu, 30 de diciembre de 2020.-