Córdova Inversiones SpA
Instrumento
- Fecha
- 9 de diciembre de 2020
- Notario
- Juan Ricardo San Martín Urrejola
- Oficio
- 43º Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
La sociedad tendrá por
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJuan Ricardo San Martín Urrejola, Notario Público, Titular 43º Notaría Santiago, Huérfanos 835, piso 18, certifica que por escritura pública de fecha 9 diciembre de 2020, ante mi, AGRÍCOLA E INMOBILIARIA TIERRA FÉRTIL SpA, rol único tributario N° 76.756.512-7; e INVERSIONES Y RENTAS TOTAL SpA, rol único tributario N° 77.106.656-9; ambas Alonso de Córdova N° 2.600, oficina 32, comuna de Vitacura; modificaron sociedad Córdova Inversiones SpA., inscrita a fojas 40.760 N° 22.354 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2017. Modificaciones consisten en: Uno) Cambiar su razón social de “Córdova Inversiones SpA.” a “KAYSA Gestión SpA”. A consecuencia de la modificación de la razón social de la Sociedad, se sustituyó íntegramente el Artículo Primero de los estatutos sociales, el cual pasó a ser del siguiente tenor: “Primero: Del Nombre de la Sociedad. Que el nombre de la sociedad es KAYSA Gestión SpA, pudiendo usar para todos los efectos comerciales, bancarios, tributarios o de publicidad, el nombre de fantasía de KAYSA SpA, con la que se obligará y denominará a la Sociedad de igual forma que con su nombre íntegro”. Dos) modificar y reemplazar el Artículo Tercero de los estatutos sociales, relativo al objeto social, el cual pasa a ser del siguiente tenor: “TERCERO: Del Objeto Social. La sociedad tendrá por objeto: a) La prestación de todo tipo de servicios y/o asesorías, sean o no de intermediación, en materias inmobiliarias, de construcción, de ingeniería, de arquitectura y de comercialización; b) La interme- diación, comisión y corretaje de todo tipo de bienes raíces; c) La promoción, comercialización y venta de inmuebles, proyectos y negocios en materias inmobiliarias, de construcción, de ingeniería y de arquitectura; d) El desarrollo de proyectos inmobiliarios e industriales, y de obras civiles e industriales, comprendiendo la explotación directa o a través de terceros de los mismos en cualquier forma, esto es, la adquisición y enajenación de inmuebles, su división, fusión, modificación o urbanización, la construcción y venta de viviendas, oficinas o locales comerciales; su administración y percepción de frutos; arrendamiento o leasing de bienes raíces; y la renovación, remodelación, construcción y desarrollo de los mismos bienes para sí o terceros. Asimismo, podrá participar en la elaboración de proyectos de arquitectura, ingeniería, especialidades e inspección técnica de obras, y en la contratación de obras de construcción. Además, podrá prestar asesorías y servicios en todas las áreas anteriormente indicadas; e) La realización de toda clase de inversiones y sobre toda clase de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles, derechos reales y personales, valores mobiliarios de toda clase, efectos de comercio, bonos, debentures, acciones, y toda clase de valores y títulos de inversión o ahorro; f) Concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase, naturaleza u objeto, e ingresar a las ya constituidas, ya sean éstas chilenas o extranjeras, así como la participación en todo tipo de proyectos de inversión, comunidades o asociaciones; g) Asimismo, podrá desarrollar todas aquellas actividades, que en la actualidad o en el futuro, se encuentren relacionadas con los objetos señalados y que los socios acuerden”. Tres) Modificar y reemplazar el Artículo Duodécimo de los estatutos sociales, relativo a la administración y uso de la razón social, estableciéndose que la administración y representación de la sociedad, así como el uso de la razón social y del nombre de fantasía, corresponderá separada e indistintamente a don José Gaspar Cubillos Neuweiler, o uno cualesquiera de don José Gonzalo Cubillos Mahana o don Tomás Andrés Cubillos Neuweiler, conjuntamente con uno cualesquiera de don Egon Alfredo Simón Rademacher o doña Anne Marie Simón Rademacher, quienes actuando por la sociedad y anteponiendo a sus firmas la razón social o el nombre de fantasía, la representarán y obligarán con las facultades y excepciones indicadas en escritura que extracto. En todo lo no modificado, se mantienen plenamente vigentes las estipulaciones contenidas en el estatuto social. Santiago, 31 diciembre de 2020.