B y C Ingeniería Limitada
Instrumento
- Fecha
- 4 de diciembre de 2020
- Notario
- Notario Suplente de don ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $8.000.000 CLP
Objeto social
Asimismo, los administradores contarán con las facultades enunciadas en escritura extractada. Socios declaran que mantienen su responsabilidad limitada hasta el monto de sus respectivos aportes, y en todo lo no modificado por la escritura extractada, quedan plenamente vigentes las demás disposiciones de los estatutos sociales
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalKARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ, Abogado, Notario Suplente de don ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular, 36° Notaría de Santiago, con oficio en La concepción 65, piso 2, Providencia, certifica: Por escritura pública de fecha 04 de diciembre de 2020, ante el Notario Titular Andres Felipe Rieutord Alvarado: i) don Pedro Ernesto Bartolome Bachelet; ii) doña María Soledad Del Niño Jesús Bravo Guzman; iii) don Sergio Antonio Cordova Aldana; iv) don Pedro Pablo Bartolomé Bravo; v) don Francisco Javier Bartolomé Bravo; y vi) don Martín Ignacio Bartolomé Bravo, domiciliados en calle Managua número 2251, comuna de Ñuñoa, Santiago, Región Metropolitana, acordaron modificar la sociedad “B y C Ingeniería Limitada”, inscrita a fojas 39.673, número 26.553 del Registro Comercio de Santiago año 2013, en los siguientes términos: I. Cesión de derechos de don Pedro Ernesto Bartolome Bachelet a don Pedro Pablo Bartolomé Bravo: Don Pedro Ernesto Bartolome Bachelet, vende, cede y transfiere el 20% de los derechos sociales de los cuales es dueño y titular en la sociedad “B y C Ingeniería Limitada” a don Pedro Pablo Bartolomé Bravo, quien los compra, acepta y adquiere para sí, a su entera y total satisfacción; II. Cesión de derechos de don Pedro Ernesto Bartolome Bachelet a don Francisco Javier Bartolomé Bravo: Don Pedro Ernesto Bartolome Bachelet, vende, cede y transfiere el 10% de los derechos sociales de los cuales es dueño y titular en la sociedad “B y C Ingeniería Limitada” a don Francisco Javier Bartolomé Bravo, quien los compra, acepta y adquiere para sí, a su entera y total satisfacción; III. Cesión de derechos de don Sergio Antonio Córdova Aldana a don Francisco Javier Bartolomé Bravo: Don Sergio Antonio Córdova Aldana, vende, cede y transfiere el 10% de los derechos sociales de los cuales es dueño y titular en la sociedad “B y C Ingeniería Limitada” a don Francisco Javier Bartolomé Bravo, quien los compra, acepta y adquiere para sí, a su entera y total satisfacción; IV. Cesión de derechos de don Sergio Antonio Córdova Aldana a doña María Soledad Del Niño Jesús Bravo Guzman: Don Sergio Antonio Cordova Aldana, vende, cede y transfiere el 20% de los derechos sociales de los cuales es dueño y titular en la sociedad “B y C Ingeniería Limitada” a doña María Soledad Del Niño Jesús Bravo Guzman, quien los compra, acepta y adquiere para sí, a su entera y total satisfacción; V. Cesión de derechos de don Sergio Antonio Cordova Aldana a don Martín Ignacio Bartolomé Bravo: Don Sergio Antonio Cordova Aldana, vende, cede y transfiere el 20% de los derechos sociales de los cuales es dueño y titular en la sociedad “B y C Ingeniería Limitada” a don Martín Ignacio Bartolomé Bravo, quien los compra, acepta y adquiere para sí, a su entera y total satisfacción. VI. Retiro de Socio. Como consecuencia de las cesiones de derechos efectuadas en este acto, se retira como socio de la sociedad “B y C Ingeniería Limitada”, don Sergio Antonio Cordova Aldana.- VII. Modificación Estatutos Sociales. Como consecuencia de la cesión de derechos acordada precedentemente, los actuales y únicos socios de la sociedad “B y C Ingeniería Limitada” acordaron Reemplazar los siguientes Artículos del pacto social: /a/.- Artículo Séptimo, relativo al capital social, quedando redactado del siguiente tenor: “ARTÍCULO SÉPTIMO: El capital social es la suma única y total de $8.000.000, íntegramente pagado por sus socios en este acto, al contado y en dinero en efectivo en las siguientes cantidades y proporciones: i) don Pedro Ernesto Bartolome Bachelet, con la suma de $1.600.000, equivalentes al 20% del capital y de los derechos sociales; ii) doña María Soledad Del Niño Jesús Bravo Guzman, con la suma de $1.600.000, equivalentes al 20% del capital y de los derechos sociales; iii) don Pedro Pablo Bartolomé Bravo, con la suma de $1.600.000, equivalentes al 20% del capital y de los derechos sociales; iv) don Francisco Javier Bartolomé Bravo, con la suma de $1.600.000, equivalentes al 20% del capital y de los derechos sociales; y v) don Martín Ignacio Bartolomé Bravo, con la suma de $1.600.000, equivalentes al 20% restante del capital de los derechos sociales.”; y /b/.- Artículo Noveno, relativo a la administración el cual queda redactado con el siguiente tenor: “ARTÍCULO NOVENO: La administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá a don Pedro Ernesto Bartolomé Bachelet, y, a don Francisco Javier Bartolomé Bravo, quienes actuando individualmente, separada e indistintamente, y anteponiendo a su firma la razón social, la representarán con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social. Asimismo, los administradores contarán con las facultades enunciadas en escritura extractada. Socios declaran que mantienen su responsabilidad limitada hasta el monto de sus respectivos aportes, y en todo lo no modificado por la escritura extractada, quedan plenamente vigentes las demás disposiciones de los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 28 de diciembre de 2020.