MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inversiones Conguillio Limitada

RUT 76261523-1 CVE 1874623
Capital
$125.000 CLP
Fecha instrumento
23 de diciembre de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
23 de diciembre de 2020
Notario
PATRICIO RABY BENAVENTE
Oficio
5ta. Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$125.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PATRICIO RABY BENAVENTE, Notario Público de la 5ta. Notaría de Santiago, domiciliado en Gertrudis Echenique N°30, oficina 32, Las Condes, certifico: por escritura pública de fecha 23 de Diciembre de 2020, ante mí, doña María Consuelo Ercilla Petschen, don Álvaro Jorge Ramón Mujica Ihnen, don Álvaro Tomás Mujica Ercilla, don Pedro Pablo Mujica Ercilla, doña Consuelo del Rosario Mujica Ercilla, y doña Esperanza Soledad Mujica Ercilla, todos domiciliados en Condominio Santa Luisa de los Ingleses 31, comuna de Colina, modifican sociedad “Inversiones Conguillio Limitada”, constituida 18 de Marzo de 2013, ante Notario Público de Santiago don Patricio Raby Benavente, inscrita a Fs.26.213 N°17.406 Registro de Comercio de Santiago año 2013, en los siguientes términos: Don Álvaro Tomás Mujica Ercilla, cede y transfiere a doña Consuelo del Rosario Mujica Ercilla derechos sociales equivalentes a 12,5% del capital social, precio $125.000, pagadero forma señalada escritura, y don Pedro Pablo Mujica Ercilla cede y transfiere a doña Esperanza Soledad Mujica Ercilla derechos sociales equivalentes a 12,5% del capital social, precio $125.000, pagadero forma señalada escritura. Quedan como únicos socios de Inversiones Conguillio Limitada doña María Consuelo Ercilla Petschen con un 25% del capital social, don Álvaro Jorge Ramón Mujica Ihnen con un 25% del capital social, don Álvaro Tomás Mujica Ercilla con un 12,5% del capital social, don Pedro Pablo Mujica Ercilla con un 12,5% del capital social, doña Consuelo del Rosario Mujica Ercilla con un 12,5% del capital social y doña Esperanza Soledad Mujica Ercilla con un 12,5% del capital social. Socios limitan responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Igualmente los socios acuerdan modificar la sociedad en orden a que la administración corresponderá a los socios a través de don Álvaro Jorge Ramón Mujica Ihnen y de doña Consuelo del Rosario Mujica Ercilla en forma independiente, con las facultades que se indican y las limitaciones que se establecen. En todo lo no modificado rige pacto social. Otras estipulaciones en escritura que extracto. Santiago, 28 de Diciembre de 2020. P. Raby B. Not. Púb.-