Inmobiliaria e Inversiones Loma Blanca Limitada
Instrumento
- Fecha
- 3 de diciembre de 2020
- Notario
- VERONICA TORREALBA COSTABAL
- Oficio
- 33º Notaría
- Comuna
- Concepción de don Mario Patricio
Sociedad
- Capital
- $4.604.336 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad estará en la comuna de Concepción
- Duración
- El plazo de la Sociedad será de 10 años contados desde la fecha de la escritura extractada, plazo que se renovará automáticamente por períodos iguales de 5 años cada uno a menos que alguno de los socios manifieste su intención en contrario en la forma que se indica y con una antelación de 6 meses a la fecha de vencimiento del plazo de la respectiva prórroga
Objeto social
Inversión en bienes muebles, incluyendo acciones y valores, e inmuebles; compra, venta y administración de bienes muebles e inmuebles y, en general, en las actividades relacionadas con las anteriores que los socios acuerden
Administración
Inversiones Lonco Ray Limitada e Inmobiliaria e Inversiones Millahue SpA, actuando conjuntamente a través de sus propios apoderados o representantes o bien a través de personas que designen especialmente al efecto, podrán administrar y representar a la Sociedad y hacer uso de la razón social con las más amplias atribuciones
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVERONICA TORREALBA COSTABAL, Notario Público Suplente de la 33º Notaría, Huérfanos 979, oficina 501, Santiago, certifico: Por escritura de fecha 3 de diciembre de 2020, ante el titular don Iván Torrealba Acevedo, comparecieron: don Francisco de Borja Olivos Valenzuela en representación de Inversiones Olival SpA RUT: 77.099.331-8 y de Inversiones Lonco Ray Limitada RUT: 79.909.440-1; doña María Isabel Urrutia Bonilla en representación de Inversiones Urbo SpA RUT: 77.099.369-5, todos los anteriores domiciliados para estos efectos en Av. Del Valle Norte N°857, Piso 4, comuna de Huechuraba, Región Metropolitana; doña María Isabel Olivos Urrutia y Sebastián Olivos Urrutia ambos en representación de Inmobiliaria e Inversiones Millahue SpA, domiciliados para estos efectos en calle El Golf N°40 piso 13, comuna de Las Condes, Región Metropolitana. Los actuales socios de la sociedad INMOBILIARIA E INVERSIONES LOMA BLANCA LIMITADA (la Sociedad), constituida por escritura de 23 de Octubre de 1995 en la Notaría de Concepción de don Mario Patricio Aburto Contardo y cuyo extracto rola a fojas 1634 N°1184 en Registro de Comercio de Concepción de 1995, son Inversiones Olival SpA, Inversiones Lonco Ray Limitada e Inversiones Urbo SpA, los que debidamente representados acordaron diversas modificaciones a la Sociedad: A/ Aceptar la incorporación como nuevo socio de la Sociedad, mediante un aumento de capital, de Inmobiliaria e Inversiones Millahue SpA, solo respecto de las utilidades que se generen en la Sociedad con posterioridad a su incorporación y considerando para efectos de su incorporación el valor del capital revalorizado de la Sociedad. B/ Aumentar el capital de la Sociedad en un monto total de $392.912.729, que será enterado y pagado íntegramente por los actuales socios de la Sociedad, en la formas y modos que se indican. Como consecuencia de este aumento el capital de la Sociedad queda en la suma de $1.604.336.448. C/ Los actuales socios de la Sociedad e Inmobiliaria e Inversiones Millahue SpA, convienen que esta última se integre como socia de la Sociedad. D/ Los actuales socios de la Sociedad, es decir, Inversiones Olival SpA, Inversiones Lonco Ray Limitada, Inversiones Urbo SpA e Inmobiliaria e Inversiones Millahue SpA, acuerdan de forma unánime aumentar el capital de ésta en un monto total de $3.000.000.000, que será enterado y pagado íntegra y únicamente por Inmobiliaria e Inversiones Millahue SpA en la forma que se indica. Como consecuencia de este aumento de capital, el capital de la Sociedad queda en la suma de $4.604.336.448. E/ Inversiones Olival SpA, Inversiones Lonco Ray Limitada, Inversiones Urbo SpA e Inmobiliaria e Inversiones Millahue SpA, en su calidad de únicos y actuales socios de la Sociedad acuerdan modificar la administración de la Sociedad, estableciendo que el uso de la razón social y la administración de la Sociedad quedará radicada en Inversiones Lonco Ray Limitada e Inmobiliaria e Inversiones Millahue SpA, actuando conjuntamente a través de sus propios apoderados o representantes o bien a través de personas que designen especialmente al efecto, con las más amplias atribuciones. F/ En atención a lo anterior, los socios de la Sociedad aprueban texto refundido de los estatutos sociales, a fin de incorporar en un solo texto todas las modificaciones efectuadas, de los cuales extracto lo siguiente: Razón Social: Inmobiliaria e Inversiones Loma Blanca Limitada.- Domicilio: El domicilio de la sociedad estará en la comuna de Concepción, sin perjuicio de las sucursales o agencias que se establezcan en el país o en el extranjero.- Objeto: Inversión en bienes muebles, incluyendo acciones y valores, e inmuebles; compra, venta y administración de bienes muebles e inmuebles y, en general, en las actividades relacionadas con las anteriores que los socios acuerden.- Administración: Inversiones Lonco Ray Limitada e Inmobiliaria e Inversiones Millahue SpA, actuando conjuntamente a través de sus propios apoderados o representantes o bien a través de personas que designen especialmente al efecto, podrán administrar y representar a la Sociedad y hacer uso de la razón social con las más amplias atribuciones.- Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $4.604.336.448 pagado y por pagar por los socios de la siguiente forma: a) Inversiones Olival SpA, ha entrado y pagado la cantidad de $71.554, equivalentes a aproximadamente al 0,0016% del capital social; b) Inversiones Urbo SpA, ha enterado y pagado la cantidad de $47.703, equivalentes a aproximadamente al 0,0010% del capital social; c) Inversiones Lonco Ray Limitada, ha enterado y pagado la cantidad de $1.604.217.191, equivalentes a aproximadamente al 34,8414% del capital social; y, d) Inmobiliaria e Inversiones Millahue SpA, ha enterado y pagado $3.000.000.000, equivalentes a aproximadamente al 65,1560% del capital.- Duración: El plazo de la Sociedad será de 10 años contados desde la fecha de la escritura extractada, plazo que se renovará automáticamente por períodos iguales de 5 años cada uno a menos que alguno de los socios manifieste su intención en contrario en la forma que se indica y con una antelación de 6 meses a la fecha de vencimiento del plazo de la respectiva prórroga.- Se faculta al portador de copia autorizada de la escritura extracta o de su extracto para requerir y firmar las inscripciones, subinscripciones, publicaciones y demás gestiones necesarias para su legalización. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 22 de diciembre de 2020.-