MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

IMPORTADORA Y EXPORTADORA FEMACO LIMITADA

RUT 77723270-3 CVE 1874871
Capital
$26.000.000 CLP
Fecha instrumento
29 de diciembre de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
29 de diciembre de 2020
Repertorio
2470-2020
Notario
suscrita ante don Ignacio Zamorano Orellana
Domicilio
y Archivero Judicial
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$26.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Titular 43º Notaría de Santiago, con Oficio en Paseo Huérfanos 835, piso 18, Santiago, certifico que: Por escritura de fecha 29 de Diciembre de 2020, compareció don MAX EMILIO MANZO VITALI, chileno, divorciado, abogado, cedula de identidad Nº9.287.150-9, domiciliado María Luisa Santander Nº485, Providencia, en representación de doña VICTORIA AMADA GONZALEZ CONTRERAS, don RENE ALBERTO MURILLO GONZALEZ, don FELIPE IGNACIO MURILLO y de la sociedad “IMPORTADORA Y EXPORTADORA FEMACO LIMITADA”, y expone: que viene en rectificar escritura de fecha 21 de Septiembre de 2020, suscrita ante don Ignacio Zamorano Orellana, Notario Público y Archivero Judicial, Suplente de doña Marcela María Pía Tavolari Oliveros, con domicilio en calle Blanco Nº648, comuna de Valparaíso, Repertorio Nº2470-2020. Rectifica error de cifra que contiene la escritura modificatoria ya citada siguiente forma: Cláusula Tercera: DONDE DICE: “A) don RENE ALBERTO MURILLO GONZALEZ aporta en este acto y en dinero en efectivo, la suma de $14.100.000.-, lo que sumado al aporte inicial de $9.900.000.-, arroja un total aportado de $26.000.000.-, representativo de un 60% del capital social.” Se elimina la expresión “$26.000.000.-” debiendo decir en su reemplazo $24.000.000.-, en consecuencia y para mayor claridad; DEBE DECIR A) don RENE ALBERTO MURILLO GONZALEZ aporta en este acto y en dinero en efectivo, la suma de $14.100.000.-, lo que sumado al aporte inicial de $9.900.000.-, arroja un total aportado de $24.000.000.-, representativo de un 60% del capital social.” En todo lo demás mantiene su vigencia la escritura original. Santiago, 30 de Diciembre de 2020.- Juan Ricardo San Martín Urrejola.-