MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

ELAB SpA

RUT 77227779-2 CVE 1874661
Capital
$2.000 CLP
Fecha instrumento
11 de diciembre de 2020

Instrumento

Fecha
11 de diciembre de 2020
Repertorio
74083
Notario
SERGIO ULLOA OJEDA Notario Público Suplente de ALEJANDRO SCHRAMM LÓPEZ
Oficio
Cuadragésima Novena Notaria

Sociedad

Capital
$2.000 CLP
Ley aplicable
Ley Nº 19.499

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

SERGIO ULLOA OJEDA Notario Público Suplente de ALEJANDRO SCHRAMM LÓPEZ, Abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Novena Notaria, ubicada en Amunategui 391, local 1, comuna y ciudad de Santiago, certifico que ante su titular, y por acta de Junta Extraordinaria de Accionistas Sociedad ELAB SpA, empresa inscrita en Fojas 57036 Número 27034 del año 2020, Registro de Comercio de Santiago y publicada en el Diario Oficial con fecha 10 de septiembre del año 2020, celebrada con fecha 11 de diciembre 2020 y reducida a Escritura Pública con fecha 11 de diciembre de 2020, Repertorio Nº 74083 otorgada en la Notaría de Santiago de don Wladimir Alejandro Schramm López, Abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Novena Notaria, ubicada en Amunategui 391, local 1, comuna y ciudad de Santiago, en la cual viene en corregir y sanear el vicio formal de la sociedad en conformidad a la Ley Nº 19.499, respecto del extracto de constitucion de escritura publica de fecha 08 de septiembre del año 2020, otorgada en la de don Wladimir Alejandro Schramm López, Abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Novena Notaria, Repertorio Nº 48170, en el sentido que el CAPITAL es de $2.000.000 divididos en cuatro mil acciones y no de dos mil acciones como erroneamente se señaló en articulo quinto de la escritura pública de constitución de fecha 08 de septiembre de 2020; que la ADMINISTRACIÓN, REPRESENTACION Y USO RAZON SOCIAL de la sociedad le corresponde a RODOLFO ANDRÉS QUEZADA CORNEJO, y que la única y actual accionista doña CATALINA AMANDA REBOLLEDO FIGUEROA suscribió y pago integramente la totalidad de cuatro mil acciones y no dos mil como erroneamente se señaló en el articulo primero transitorio de la escritura pública de constitución de fecha 08 de septiembre de 2020.- Santiago, 28 de Diciembre 2020.-