CHILE ELECTRICITY PEC SpA
Instrumento
- Fecha
- 10 de diciembre de 2020
- Notario
- GUSTAVO MONTERO MARTÍ
- Oficio
- Titular de la 48° Notaría de Santiago de don Roberto Antonio Cifuentes Allel
Objeto social
El objeto de la Sociedad se limita a, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros: /a) contraer deuda en los mercados internacionales, sea por la vía de la emisión de bonos en una o más series, o por la vía de créditos, denominados en dólares de los Estados Unidos de América o en cualquier otra moneda, /b) adquirir en la República de Chile créditos y cuentas por cobrar originados de conformidad a la Ley número veintiún mil ciento ochenta y cinco de la República de Chile, con financiamiento obtenido en el exterior por cualquiera de los medios indicados en la letra /a) precedente; y c) celebrar todo tipo de actos y contratos que sean necesarios para el cumplimiento de este objeto, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero, incluyendo con relación a los esfuerzos de venta de instrumentos del mercado de capitales, obtención de financiamiento, otorgamiento de garantías, obtención de cobertura financiera, contratación de asesores, contratación de agentes locales y extranjeros, realizar actos conducentes a la conservación de derechos, apertura y manejo de cuentas bancarias locales y extranjeras, realización de inversiones con fondos en cuentas y, en general, todas las demás actuaciones que sean necesarias de acuerdo con los términos de los contratos suscritos para llevar a efecto los propósitos indicados en las letras /a) y /b) precedentes.” En todo lo no modificado expresamente, se mantienen plenamente vigentes los estatutos sociales
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Chile Electricity PEC Parent Stichting | accionista | 59296760-K | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGUSTAVO MONTERO MARTÍ, Notario Público Suplente del Titular de la 48° Notaría de Santiago de don Roberto Antonio Cifuentes Allel, con domicilio en Apoquindo N°3076, oficina 601, comuna de Las Condes, Santiago, certifica: Que por escritura pública de fecha 10 de diciembre de 2020, anotada bajo el repertorio número 10.928/2020, ante mí, Chile Electricity PEC Parent Stichting, Rol Único Tributario N°59.296.760-K, en su calidad de único accionista de CHILE ELECTRICITY PEC SpA (la “Sociedad”), Rol Único Tributario N°77.266.571-7, inscrita a fojas 75.221, N°36.128, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2020, resolvió modificar el objeto social de la Sociedad sustituyendo el artículo cuarto de los estatutos sociales por el siguiente: “ARTÍCULO CUARTO: Objeto. El objeto de la Sociedad se limita a, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros: /a/ contraer deuda en los mercados internacionales, sea por la vía de la emisión de bonos en una o más series, o por la vía de créditos, denominados en dólares de los Estados Unidos de América o en cualquier otra moneda, /b/ adquirir en la República de Chile créditos y cuentas por cobrar originados de conformidad a la Ley número veintiún mil ciento ochenta y cinco de la República de Chile, con financiamiento obtenido en el exterior por cualquiera de los medios indicados en la letra /a/ precedente; y c) celebrar todo tipo de actos y contratos que sean necesarios para el cumplimiento de este objeto, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero, incluyendo con relación a los esfuerzos de venta de instrumentos del mercado de capitales, obtención de financiamiento, otorgamiento de garantías, obtención de cobertura financiera, contratación de asesores, contratación de agentes locales y extranjeros, realizar actos conducentes a la conservación de derechos, apertura y manejo de cuentas bancarias locales y extranjeras, realización de inversiones con fondos en cuentas y, en general, todas las demás actuaciones que sean necesarias de acuerdo con los términos de los contratos suscritos para llevar a efecto los propósitos indicados en las letras /a/ y /b/ precedentes.” En todo lo no modificado expresamente, se mantienen plenamente vigentes los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Gustavo Montero Martí. Notario Público Suplente. Santiago, 18 de diciembre de 2020.