MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

BALMACEDA Y SERRANO, ARQUITECTOS LIMITADA

RUT 78779580-3 CVE 1875064
Fecha instrumento
11 de septiembre de 2009
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
11 de septiembre de 2009
Repertorio
10375/2009
Notario
VERONICA TORREALBA COSTABAL
Oficio
Titular IVAN TORREALBA ACEVEDO 33º Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

VERONICA TORREALBA COSTABAL, Notario Público Suplente del Titular IVAN TORREALBA ACEVEDO 33º Notaría Santiago, Huérfanos 979, oficina 501, CERTIFICO que con fecha 21 de diciembre de 2020, ante mí, “INVERSIONES BALGAR LIMITADA”, antes denominada “Inversiones y Servicios Profesionales Balgar Limitada”, “SERVICIOS PROFESIONALES BALGAR DOS LIMITADA” e “INVERSIONES Y SERVICIOS PROFESIONALES SECE LIMITADA”, todos domiciliados en esta ciudad, Av. Santa María N°2318, Comuna de Providencia; modificaron BALMACEDA Y SERRANO, ARQUITECTOS LIMITADA, inscrita a fojas 26.458 N°21.404 Registro de Comercio de Santiago año 1995, adoptando para ello los siguientes acuerdos: 1) Resciliar y dejar sin efecto en todas sus partes, las cesiones de derechos sociales y modificación social que consta en escritura pública otorgada en la Notaría de Santiago de don Pedro Ricardo Reveco Hormazábal, con fecha 11 de septiembre de 2009, Repertorio N°10.375/2009, y cuyo extracto fuera inscrito a fojas 49.612 N°34.385 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del 2009, y publicado en el resciliación, deja de ser socia de la Compañía la sociedad “Servicios Profesionales Balgar Dos Limitada”, quedando como actuales y únicos socios de “BALMACEDA Y SERRANO, ARQUITECTOS LIMITADA”, las sociedades “Inversiones Balgar Limitada”, con un 55% de los derechos en el capital social, e “Inversiones y Servicios Profesionales Sece Limitada”, con un 45% de los derechos en el capital socia; y 3) Únicos y actuales socios de “BALMACEDA SERRANO, ARQUITECTOS LIMITADA”, acuerdan modificar estatutos sociales de esta última, sustituyendo artículo Quinto de los mismos, relativo al capital social, por el siguiente: “QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos, íntegramente aportado y pagado en dinero efectivo con anterioridad por los socios o sus antecesores en el dominio, participando del capital del modo siguiente: a) Inversiones Balgar Limitada ha aportado y pagado la cantidad de quinientos cincuenta mil pesos, esto es, el cincuenta y cinco por ciento del capital social y propiedad de la compañía; y b) Inversiones y Servicios Profesionales Sece Limitada ha aportado y pagado la cantidad de cuatrocientos cincuenta mil pesos, esto es, el cuarenta y cinco por ciento restante del capital social y propiedad de la presente compañía. De esta forma, el capital social se encuentra íntegramente aportado y pagado.”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó portador copia autorizada extracto para legalización. Santiago, 28 de diciembre de 2020.