ANTILHUE RENT A CAR SpA
Instrumento
- Fecha
- 21 de diciembre de 2020
- Repertorio
- 19879-2020
- Notario
- MARÍA JOSÉ BRAVO CRUZ abogado
- Domicilio
- don Eduardo Javier Diez Morello
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
Objeto social
La Sociedad tendrá por objeto, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero: (a) la compra, venta, importación, exportación, distribución, arrendamiento /con o sin opción de compra/, permuta, consignación y comercialización en todas sus formas de vehículos motorizados nuevos y)o usados, el flete y transporte de todo tipo de carga por vía terrestre, así como la reparación, control y mantenimiento de toda clase de vehículos motorizados; (b) La prestación de servicios relacionados con el transporte, consultorías, ingeniería y capacitación; (c) la importación, exportación, venta, distribución, entrega en arrendamiento y comercialización, mantenimiento de todo tipo de vehículo motorizado y servicios relacionados con los mismos y sus repuestos y accesorios; (d) la representación de empresas nacionales y extranjeras que se dediquen a la compra, venta, arrendamiento, importación, exportación y comercialización en general de toda clase de vehículos motorizados y de repuestos y accesorios de los mismos; y (e) la inversión en toda clase de sociedades, sean de personas o de capital; invertir en o desarrollar, directamente o a través de terceros, cualquier tipo de negocios civiles, mercantiles, de tecnología e ingeniería; y en general, realizar cualquier otra inversión, negocio, proyecto o actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro con este cometido, y que acordaren los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA JOSÉ BRAVO CRUZ abogado, Notario Público Suplente de don Eduardo Javier Diez Morello, Notario Público Titular de la 34° Notaría de Santiago, con oficio en Luis Thayer Ojeda N°359, Providencia, certifico: por escritura pública de fecha 21 de diciembre de 2020, repertorio N°19.879-2020, ante mí, EL Refugio SpA, rol único tributario N°76.749.047-K, representada por don Felipe Andres Montero Marti, ambos domiciliados para estos efectos, en Avenida La Dehesa mil ochocientos veintidós torre sur oficina ochocientos siete, comuna de Lo Barnechea, Santiago; constituyó una sociedad por acciones de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 424 y siguientes del Código de Comercio, de cuyos estatutos se extracta: Nombre: ANTILHUE RENT A CAR SpA Objeto: La Sociedad tendrá por objeto, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero: (a) la compra, venta, importación, exportación, distribución, arrendamiento /con o sin opción de compra/, permuta, consignación y comercialización en todas sus formas de vehículos motorizados nuevos y/o usados, el flete y transporte de todo tipo de carga por vía terrestre, así como la reparación, control y mantenimiento de toda clase de vehículos motorizados; (b) La prestación de servicios relacionados con el transporte, consultorías, ingeniería y capacitación; (c) la importación, exportación, venta, distribución, entrega en arrendamiento y comercialización, mantenimiento de todo tipo de vehículo motorizado y servicios relacionados con los mismos y sus repuestos y accesorios; (d) la representación de empresas nacionales y extranjeras que se dediquen a la compra, venta, arrendamiento, importación, exportación y comercialización en general de toda clase de vehículos motorizados y de repuestos y accesorios de los mismos; y (e) la inversión en toda clase de sociedades, sean de personas o de capital; invertir en o desarrollar, directamente o a través de terceros, cualquier tipo de negocios civiles, mercantiles, de tecnología e ingeniería; y en general, realizar cualquier otra inversión, negocio, proyecto o actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro con este cometido, y que acordaren los accionistas. Para el cumplimiento de su objeto, la Sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su negocio o a la inversión de los fondos disponibles de la Sociedad; en especial, podrá participar en toda clase de sociedades, cualquiera sea su objeto, civiles o comerciales, ya sean colectivas, anónimas, de responsabilidad limitada, o sociedades por acciones. Capital: $10.000.000, dividido en 10.000 acciones ordinarias y nominativas, de una misma serie, de igual valor y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado en el acto de constitución de la sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 30 de diciembre de 2020.- María José Bravo Cruz. Notario Público Suplente.-