MODIFICACIÓN Sociedad Anónima

Aguas y Riles S.A.

RUT 96954690-6 CVE 1874699
Capital
$1.642.046.244 CLP
Fecha instrumento
18 de diciembre de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
18 de diciembre de 2020
Repertorio
186463-2020
Notario
MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO
Oficio
38° Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.642.046.244 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, Abogado, Notario Público, Titular 38° Notaría Santiago, Miraflores N° 178, piso 5, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 18 de diciembre de 2020, Repertorio 186.463-2020, ante mí, se redujo acta Junta Extraordinaria de Accionistas de Aguas y Riles S.A., sociedad inscrita en el Registro de Comercio de Santiago a fojas 13.652, número 10.998 del año 2001, celebrada el 14 de diciembre de 2020, con la asistencia de Inversiones San Agustín Limitada, Inversiones y Asesorías Oriente Limitada, e Inversiones Mar del Sur SpA, se acordó lo siguiente: A) Se aumentó el capital social de $1.642.046.244.-, dividido en 8.083.465 acciones nominativas, iguales, de una misma serie y sin valor nominal a la suma de $1.653.494.066.- dividido en 19.531.287 acciones nominativas, iguales, de una misma serie y sin valor nominal, mediante la emisión de 11.447.822 nuevas acciones de pago de iguales características. B) Como consecuencia se modifican los artículos Quinto y Primero Transitorio de los estatutos sociales en el sentido que el capital de la sociedad asciende a la suma de $1.653.494.066.- dividido en 19.531.287 acciones nominativas, iguales, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado en la forma señalada en escritura extractada. C) A consecuencia de lo anterior, los accionistas acuerdan dejar constancia del aumento de capital, sustituyendo el actual artículo Quinto y Primero Transitorio de Aguas y Riles S.A., por los siguientes:“(…) Artículo Quinto: El capital de la sociedad será la suma de un mil seiscientos cincuenta y tres millones cuatrocientos noventa y cuatro mil sesenta y seis pesos, dividido en diecinueve millones quinientos treinta y un mil doscientos ochenta y siete acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. Los accionistas sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes en la sociedad.”; y “Artículo Primero Transitorio: El capital de un mil seiscientos cincuenta y tres millones cuatrocientos noventa y cuatro mil sesenta y seis pesos, dividido en diecinueve millones quinientos treinta y un mil doscientos ochenta y siete acciones nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, se encuentra íntegramente suscrito y pagado, del siguiente modo: Uno) Con la cantidad de mil seiscientos cuarenta y dos millones cuarenta y seis mil doscientos cuarenta y cuatro pesos, dividido en ocho millones ochenta y tres mil cuatrocientos sesenta y cinco acciones nominativas, de una sola serie y sin valor nominal totalmente suscrito y pagado con anterioridad a esta fecha; y Dos) Con la cantidad de once millones cuatrocientos cuarenta y siete mil ochocientos veintidós pesos, representados por once millones cuatrocientos cuarenta y siete mil ochocientos veintidós acciones nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, suscritas y pagadas por Inversiones San Agustín Limitada, por un total de tres millones ciento cuarenta y siete mil veinticinco acciones, las cuales se encuentran totalmente pagadas mediante dinero efectivo ingresado en la caja social; e Inversiones Mar del Sur SpA, por un total de ocho millones trescientos mil setecientos noventa y siete acciones, las cuales se encuentran totalmente pagadas mediante dinero efectivo ingresado en la caja social.”. En todo lo no modificado por la escritura extractada, se mantienen plenamente vigentes todas las demás disposiciones del Estatuto Social primitivo. Demás estipulaciones que no son materia de extracto y demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 24 diciembre de 2020.-