MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

PLH SpA

RUT 77078339-9 CVE 1873869
Fecha instrumento
22 de diciembre de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
22 de diciembre de 2020
Notario
Notario Suplente de don EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO
Oficio
Trigésima Cuarta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Objeto social

2. Cambio de

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA JOSE BRAVO CRUZ, Abogado, Notario Suplente de don EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Notario Público Titular de la Trigésima Cuarta Notaría de Santiago, calle Luis Thayer Ojeda N°359, comuna de Providencia, certifica: Por escritura pública de fecha 22/12/2020, ante mí, se redujo a escritura pública la Segunda Junta Extraordinaria de Accionistas de “PLH SpA”, celebrada el 17/11/2020, donde el único accionista, don PEDRO JOSÉ LEYTON HERRERA acordó: 1. La modificación del Objeto Social. 2. Cambio de razón social. 3. Modificación de Estatutos: “Artículo Primero: El nombre o razón social es “CONSULTORA AGRÍCOLA PLH SpA”. Su domicilio legal será la ciudad y comuna de Curicó, sin perjuicio de las agencias o sucursales que el administrador de la sociedad decida establecer en otros lugares, dentro o fuera del país.”; y “Artículo Tercero: La sociedad tendrá por objeto: i) La prestación de todo tipo de asesorías y consultoría profesional en materias de gestión agrícola en sus formas más amplias, esto es, en materias de explotación agrícola, ganadera y forestal; la importación, exportación, transformación y comercialización de productos agrícolas, ganaderos y/o forestales; asimismo, en materias de compra, venta y comercialización de maquinaria, vehículos, equipos, útiles, enseres, herramientas, semillas, abonos, productos químicos y demás insumos para la agricultura e industria agrícola; como también, en la realización de toda clase de negocios relacionados con el agro, la producción frutícola, la compra, venta y exportación de la producción, asesorías relativas con servicios de embalaje y packing y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos; ii) Prestación de asesorías a productores de la industria agrícola, principalmente frutícola, actuar como comisionista o mandatario, para la venta y comercio de productos agrarios; iii) Invertir, utilizando recursos propios o de terceros, en toda clases de bienes corporales o incorporales, sean estos muebles o inmuebles, como acciones, debentures, fondos mutuos, depósitos a la vista o a plazo, bancarios o en otras instituciones públicas o privadas o de personas naturales, derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos y valores mobiliarios. Adquirir, enajenar, explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos; y iv) Finalmente la Sociedad podrá realizar toda otra actividad u objeto que los accionistas acuerden al respecto y que no sea contraria a derecho.”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, a 23 de diciembre del 2020.