MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

INMOBILIARIA E INVERSIONES LOMAS DE BUCALEMU SpA

RUT 77166692-2 CVE 1873978
Fecha instrumento
16 de diciembre de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
16 de diciembre de 2020
Notario
PATRICIO RABY BENAVENTE
Oficio
Quinta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PATRICIO RABY BENAVENTE, Notario Público Titular de la Quinta Notaría de Santiago, domiciliado en Gertrudis Echenique 30, oficina 32, Las Condes, certifico: Por escritura pública de fecha 16 de diciembre de 2020, ante mi suplente doña María Virginia Wielandt Covarrubias, compareció don Arturo Roa Benard, ingeniero comercial, cédula de identidad número 10.561.294-K, domiciliado en esta ciudad, Apoquindo 3885, piso 21, Comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en calidad de único accionista de la sociedad por acciones “INMOBILIARIA E INVERSIONES LOMAS DE BUCALEMU SpA”, a modificar los Estatutos de ésta, que en extracto se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 35.914 número 17.415, correspondiente al año 2020, y se publicó en el Diario Oficial de fecha 18 de junio del año 2020. Modificación: Uno) Se modifica el artículo Primero de los Estatutos, relativa al nombre de la Sociedad, reemplazando su texto por el siguiente: “ARTÍCULO PRIMERO: Nombre. El nombre de la Sociedad por Acciones será “AGRÍCOLA E INVERSIONES LOMAS DE BUCALEMU SpA”, en adelante La Sociedad”. Dos) Se modifica el artículo Cuarto de los Estatutos relativo al objeto social, reemplazando éste por el siguiente: “ARTICULO CUARTO: El objeto de la Sociedad será: a) La explotación agrícola, ganadera y forestal, por cuenta propia o ajena, de predios rústicos; la importación, exportación, transformación y comercialización de productos agrícolas, ganaderos o forestales y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden; b) Realizar inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, administrarlos y percibir sus frutos o rentas, y -en general- cualesquiera otros negocios, que estén, directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, relacionados con la agricultura, la producción, transformación o comercialización de sus productos, y realizar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden; c) Inversión, adquisición, compra, venta, loteo, arrendamiento y subarrendamiento, administración y explotación en general de bienes raíces rústicos; d) Inversión, adquisición, compra, venta, enajenación, suministro y distribución de toda clase de bienes muebles; administrarlos y percibir sus frutos, como asimismo la compra y adquisición, venta y enajenación de todo tipo de créditos, acciones y valores mobiliarios en general.” Demás estipulaciones constan de la escritura extractada. Santiago, 23 de diciembre de 2020.- P. Raby B. N. P.