Arenas y Vecilla Limitada
Instrumento
- Fecha
- 29 de diciembre de 2020
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJorge Andrés Ossa Cuevas, Notario de San Miguel con asiento en La Cisterna, Gran Av. José Miguel Carrera 7710, Certifico: por escritura pública de fecha 29 de Diciembre de 2020, ante mí, doña DAYENÚ XANA VECILLA PÉREZ, cédula nacionalidad de identidad N°16.097.614-4, en su calidad de cedente; la sociedad INVERSIONES EL CANELO Y COMPAÑÍA LIMITADA, rol único tributario N° 76.702.320-0, en su calidad de cesionaria; y don DIEGO ALEJANDRO ARENAS DONOSO N° 12.167.072-0; todos domiciliados en Santiago, Avenida del Valle Norte 932 oficina 501, Huechuraba, y de paso en esta, modificaron la sociedad “ARENAS Y VECILLA LIMITADA”, Rut. 76.221.682-5, inscrita a fojas 127, N° 89 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Quintero del año 2012, en las siguientes materias: (Uno) Dayenú Xana Vecilla Pérez, cedió un 17.5% de la totalidad de los derechos sociales en la Sociedad, a la sociedad Inversiones El Canelo y Compañía Limitada, que se incorpora como nueva socia; (Dos) Se sustituye íntegramente la Cláusula Cuarta de los estatutos de la Sociedad, reemplazándolo por el siguiente: “Cuarto: El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos, ya pagada, quedando los derechos sociales como sigue: a) don Diego Alejandro Arenas Donoso, con un 50% de los derechos sociales; b) doña Dayenú Xana Vecilla Pérez, con un 32.5% de los derechos sociales; y c) Inversiones El Canelo y Compañía Limitada, con un 17.5% de los derechos sociales”. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes, conforme a los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.-