MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad de Profesionales Legal Services Limitada

RUT 76256031-3 CVE 1873092
Capital
$500.000 CLP
Fecha instrumento
21 de diciembre de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
21 de diciembre de 2020
Repertorio
17753/2020
Notario
María Patricia Donoso Gomien
Oficio
27° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$500.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

María Patricia Donoso Gomien, abogado, Notario Público Titular de la 27° Notaría de Santiago, con oficio en Orrego Luco 0153, comuna de Providencia, Santiago, Por escritura pública de fecha 21 de diciembre de 2020, repertorio 17753/2020, ante mí: don FELIPE LEONARDO OLATE BARRA, chileno, soltero, Abogado, cédula nacional de identidad número 10.623.892-8, domiciliado en calle Bombero Salas número mil trescientos sesenta y nueve oficina setecientos ocho, comuna de Santiago, Santiago; don JUAN CLAUDIO SIRI MANIEU, Chileno, divorciado, Licenciado en ciencias, cédula nacional de identidad número 9.793.911-k, domiciliado en calle merced número trescientos treinta y dos, comuna de Santiago, Región Metropolitana; y don JOSÉ ANTONIO SIRI MANIEU, chileno, casado, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad número 10.973.568-k, domiciliado en calle merced número trescientos treinta y dos, comuna de Santiago, Región Metropolitana; modifican sociedad “SOCIEDAD DE PROFESIONALES LEGAL SERVICES LIMITADA” en lo siguiente, FELIPE LEONARDO OLATE BARRA, vende cede y transfiere a don JOSÉ ANTONIO SIRI MANIEU la totalidad de sus derechos y haberes sociales ascendentes al 50% del capital social en la suma de $500.000.-pagados en el acto y en dinero en efectivo; actuales socios, JUAN CLAUDIO SIRI MANIEU 50% y JOSÉ ANTONIO SIRI MANIEU 50%..- Actuales socios vienen en modificar la cláusula cuarta del estatuto social por la que sigue: “CUARTO: la administración y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente al socio don JUAN CLAUDIO SIRI MANIEU quién, anteponiendo la razón social a su firma personal, representará a la sociedad con las más amplias facultades, amplias facultades escritura extractada” En lo no modificado mantienen plena vigencia estipulaciones del pacto social del contrato de sociedad. Santiago, 23 de diciembre de 2020.