RESTAURANT GUO FUNG LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 29 de octubre de 2020
- Repertorio
- 10600
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.800.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, Abogado Notario Público titular de la Octava Notaria de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 941, local 302, Comuna Santiago, certifica que por escritura pública de fecha 29 de Octubre de 2020, ante Notario Suplente de esta Notaria Juan Cristian Berrios Castro, doña XUEMEI ZHUANG, Moneda N°1549, Santiago, por sí y en representación de don HAI WANG LEI, No. 9 Dongchuan first street Room 502, Yuexiu District, Guangzhou city, China; doña JIEYING FENG, Froilán Lagos Sepúlveda 1312, La Florida, Santiago; y don ZIXIN LYU, Froilán Lagos Sepúlveda 1312, La Florida, Santiago; complementaron escritura de fecha 27 de julio de 2020, repertorio 10.600, otorgada en la Notaría de Santiago de don Luis Ignacio Manquehual Mery, de modificación y cesión de derechos de sociedad RESTAURANT GUO FUNG LIMITADA o GUO FUNG LTDA., Rut: 79.778.970-4; constituida por escritura de 4 de febrero de 1988, ante doña Selva Herrera Valencia, Notario Suplente del Titular de la 43ª Notaría de Santiago, de don Ricardo San Martin Urrejola; extracto inscrito a fojas 5.092, número 2.789, del Registro de Comercio de Santiago del año 1988; y publicado en el Diario Oficial de fecha 4 de febrero de 1988. Los estatutos fueron modificados, según escritura de fecha 8 de agosto de 1996, ante el Notario Titular de la 43ª Notaría de Santiago, don Ricardo San Martin Urrejola; y cuyo extracto fue inscrito a fojas 21.990, número 17.102, del Registro de Comercio de Santiago del año 1996; y publicado en el Diario Oficial de fecha 3 de septiembre de 1996. El capital de la sociedad es $1.800.000.- PRIMERO. Complementación: Con el objeto de cumplir con los requerimientos del Servicio de Impuestos Internos, se hace presente que los actuales socios de la sociedad son doña JIEYING FENG, con un 60% de los derechos sociales; y don ZIXIN LYU, con un 40%. Asimismo, cabe señalar que la administración y uso de la razón social de la sociedad, según lo previsto en la Cláusula Tercera de los Estatutos Sociales, de fecha 4 de febrero de 1988, la que no ha sido modificada en tal sentido; faculta a cualquiera de los socios a actuar en forma individual e indistinta, con amplios poderes, para representar a la sociedad en todos los actos relacionados a su actividad y giro. En consecuencia, se reitera que los actuales representantes legales de la sociedad son también los dos socios, señores JIEYING FENG, y ZIXIN LYU, quienes pueden actuar en forma individual o separada. SEGUNDO. En todo lo no complementado seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social. Santiago, a 22 de Diciembre de 2020.