MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Meza y Werner Limitada

RUT 76543020-8 CVE 1873651
Capital
$2.000 CLP
Fecha instrumento
18 de diciembre de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
18 de diciembre de 2020
Notario
JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
Oficio
Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$2.000 CLP

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
MEZA Y WERNER LIMITADA socio 76543020-8

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos número 835, piso 18, comuna de Santiago, certificó: que por escritura pública otorgada ante mí con fecha 18 de diciembre de 2020, don CARLOS RODRIGO MEZA WERNER, chileno, casado y separado totalmente de bienes, médico cirujano, cédula de identidad número 9.070.554-7, con domicilio en calle Javiera Carrera norte número 380, comuna de La Reina, cuidad de Santiago; doña DORIS REINILDIS WERNER BLESCHKE, chilena, casada, jubilada, cédula de identidad número 4.075.039-8, con domicilio en Román Diaz número 350, departamento 306, comuna de Providencia, cuidad de Santiago; don EDUARDO COSME MEZA SANTIBÁÑEZ, chileno, casado, jubilado, cédula de identidad número 2.759.839-0, con domicilio en calle Javiera Carrera norte número 380, comuna de La Reina, cuidad de Santiago; doña MOYRA MARCELA ILLANES PATRITO, chilena, casada y separada totalmente de bienes, empleada, cédula de identidad número 9.127.141-9, con domicilio en calle Capitán Ignacio Carrera Pinto número 108 B, departamento número 203, comuna de Ñuñoa, cuidad de Santiago; don ALBERTO RENÉ PÉREZ ILLANES, chileno, soltero, estudiante, cédula de identidad número 18.731.048-2, con domicilio en calle Capitán Ignacio Carrera Pinto número 108 B, departamento número 203, comuna de Ñuñoa, cuidad de Santiago; don GUSTAVO ANDRÉS PÉREZ ILLANES, chileno, soltero, estudiante, cédula de identidad número 17.741.040-3, domiciliado en calle Capitán Ignacio Carrera Pinto número 108 B, departamento número 203, comuna de Ñuñoa, cuidad de Santiago; modificaron, en su calidad de únicos socios a la sazón, la sociedad de responsabilidad limitada MEZA Y WERNER LIMITADA, RUT N° 76.543.020-8, constituida por escritura pública de fecha 02 de mayo de 2006, otorgada en la notaría de Santiago de doña ELBA SANHUEZA MUÑOZ. Dicha sociedad fue inscrita a fojas 17.392, número 11.957, en el Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2006 y se publicó en el Diario Oficial de fecha 09 de mayo de 2006. La modificación vino a realizar lo siguiente: (1) aumento de capital, (2) modificación la composición social, y (3) modificación de la cláusula de capital de la sociedad. Detalle de las modificaciones: (1) Aumento de Capital: Se acordó aumentar el capital de la sociedad, desde la suma de 2.000.000 de pesos a la suma de 2.571.429 pesos. El aumento de capital, por la suma total de 571.429 pesos, se enteró y pagó íntegramente, en dicho acto y en dinero efectivo, por el socio don CARLOS RODRIGO MEZA WERNER. (2) Modificación composición social: Como consecuencia del aumento de capital referido, los únicos y actuales socios de la Sociedad son las siguientes personas, en los porcentajes que se indican: don CARLOS RODRIGO MEZA WERNER, antes individualizado, con un 30% del capital e interés social; doña DORIS REINILDIS WERNER BLESCHKE, antes individualizada, con un 14% del capital e interés social; don EDUARDO COSME MEZA SANTIBÁÑEZ, antes individualizado, con un 14% del capital e interés social; doña MOYRA MARCELA ILLANES PATRITO, antes individualizada, con un 14% del capital e interés social; don ALBERTO RENÉ PÉREZ ILLANES, antes individualizado, con un 14% del capital e interés social; y don GUSTAVO ANDRÉS PÉREZ ILLANES, antes individualizado, con un 14% del capital e interés social. (3) Modificación de la cláusula de capital de la sociedad: Para dar cuenta de la modificación del capital de la sociedad en virtud de lo anteriormente referido, se acordó modificar el artículo SEXTO de los estatutos sociales, reemplazándolo por el siguiente: “SEXTO: El capital social es la suma de dos millones quinientos setenta y un mil cuatrocientos veintinueve pesos, íntegramente pagado por los socios de la siguiente forma: don CARLOS RODRIGO MEZA WERNER aporta la suma de setecientos setenta y un mil cuatrocientos veintinueve pesos correspondientes al treinta por ciento de los derechos sociales; doña DORIS REINILDIS WERNER BLESCHKE aporta la suma de trescientos sesenta mil pesos correspondientes al catorce por ciento de los derechos sociales; don EDUARDO COSME MEZA SANTIBÁÑEZ aporta la suma de trescientos sesenta mil pesos correspondientes al catorce por ciento de los derechos sociales; doña MOYRA MARCELA ILLANES PATRITO aporta la suma de trescientos sesenta mil pesos correspondientes al catorce por ciento de los derechos sociales; don ALBERTO RENÉ PÉREZ ILLANES aporta la suma de trescientos sesenta mil pesos correspondientes al catorce por ciento de los derechos sociales; y don GUSTAVO ANDRÉS PÉREZ ILLANES aporta la suma de trescientos sesenta mil pesos correspondientes al catorce por ciento de los derechos sociales. En consecuencia, el capital social queda íntegramente aportado y pagado en la caja social, en los términos recién expuestos, limitando los socios su responsabilidad hasta la concurrencia del monto de sus respectivos aportes.”. En todo lo no modificado por este instrumento extractado, permanecen plenamente vigentes las estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada y no son materia de extracto. Se facultó a portador de extracto para legalización. Santiago, 23 de diciembre de 2020.