MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

ENERGÍA LA CUMBRE SpA

RUT 76540871-7 CVE 1873519
Capital
$187.000.000 CLP
Fecha instrumento
22 de diciembre de 2020
Notaría
San Miguel

Instrumento

Fecha
22 de diciembre de 2020
Repertorio
7123-2020
Notario
Jorge Reyes Besonne
Oficio
Notaría de San Miguel
Comuna
San Miguel

Sociedad

Capital
$187.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Jorge Reyes Besonne, Notario Público de la Notaría de San Miguel, con oficio en Gran Avenida José Miguel Carrera 4886, comuna de San Miguel, Santiago, certifica que por instrumento privado de fecha 3 de diciembre de 2020 protocolizado con fecha 3 de diciembre de 2020 número de repertorio 7123-2020 ante mí, la sociedad Nevados de Caburgua SpA, en calidad de único accionista de ENERGÍA LA CUMBRE SpA, sociedad inscrita a fojas 3.926, número 2.371 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2016 en adelante (la “Sociedad”), acordó: (i) Modificar el plazo para el pago de las acciones suscritas; y (ii) La disminución de pleno derecho del capital de la Sociedad, por el no pago dentro del plazo acordado de las acciones suscitas, en $187.000.000, es decir, desde su monto actual de $305.099.673, dividido en 2.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal a la suma de $118.099.673, dividido en 1.576 accione ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. En virtud de las modificaciones acordadas, la unanimidad de las acciones con derecho a voto han acordado modificar los estatutos de la Sociedad, reemplazando los artículos Quinto y Primero Transitorio por los siguientes: “Artículo Quinto: El capital de la sociedad es de ciento dieciocho millones noventa y nueve mil seiscientos setenta y tres pesos y se encuentra dividido en mil quinientas setenta y seis acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, las cuales se encuentran íntegramente suscritas y pagadas de acuerdo a lo establecido en el Artículo Primero Transitorio.” ”Artículo Primero Transitorio: El capital de la Sociedad se fijó en el artículo quinto de los Estatutos sociales en la cantidad de ciento dieciocho millones noventa y nueve mil seiscientos setenta y tres pesos y se encuentra dividido en mil quinientas setenta y seis acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, las cuales se encuentran íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha”. Demás estipulaciones en escritura extractada. , 22 de diciembre de 2020.