Continuum Holding SpA
Instrumento
- Fecha
- 1 de diciembre de 2020
- Repertorio
- 19661/2020
- Notario
- Luis Ignacio Manquehual Mery
- Oficio
- 8ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $25.281 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuis Ignacio Manquehual Mery, Abogado, Notario Público Titular de la 8ª Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos N° 941, local 302, comuna de Santiago, certifica: Que por escritura pública de fecha 01 de diciembre de 2020 otorgada ante mi reemplazante don Juan Cristian Berríos Castro, bajo el Repertorio N° 19661 / 2020, se redujo Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas, celebrada con esa misma fecha, de la sociedad Continuum Holding SpA, sociedad inscrita a Fojas 14.093, Número 7.231 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2019 (en adelante, la “Sociedad”), en la que se acordó: 1) Aumentar el capital desde la suma de $25.281.246 dividido en 9.190 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, a la suma de $48.081.246 dividido en 10.000 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, reemplazando los artículos Cuarto y Primero Transitorio de los estatutos sociales, por los siguientes: “Cuarto: El capital de la sociedad será la cantidad de cuarenta y ocho millones ochenta y un mil doscientos cuarenta y seis pesos dividido en diez mil acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, sin perjuicio de las modificaciones del capital y valor de las acciones que se produzcan de pleno derecho en conformidad a la ley.”; “Artículo Primero Transitorio: El capital de la sociedad es la suma de cuarenta y ocho millones ochenta y un mil doscientos cuarenta y seis pesos dividido en diez mil acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, se encuentra suscrito y pagado de la siguiente forma: (a) nueve mil ciento noventa acciones se encuentran íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha; y, (b) ochocientos diez acciones se encuentran pendientes de suscripción y pago, debiendo ser suscritas y pagadas en un plazo máximo de noventa días a contar del uno de diciembre de dos mil veinte”; y, 2) Modificar la estructura de administración de la Sociedad, pasando a tener un Directorio conformado por 6 miembros, a través de la modificación de los artículos Octavo y Décimo de los estatutos sociales, modificaciones que no se incluyen por no ser materia de extracto. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 23 de diciembre de 2020.