Asesorías Jaederlund SpA
Instrumento
- Fecha
- 21 de diciembre de 2020
- Repertorio
- 25909-2020
- Notario
- KARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ
- Domicilio
- ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tendrá por
Administración
La administración corresponderá al socio John Jaederlund Lüttecke, individualmente
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalKARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ, Abogada, Notario Público Suplente de ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular 36ª Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción número sesenta y cinco, piso dos, Providencia, certifica: Que por escritura pública de fecha 21 de diciembre de 2020, repertorio n° 25.909-2020, otorgada ante Notario Titular, comparecieron: UNO) don JOHN JAEDERLUND LÜTTECKE, chileno, abogado, cédula nacional de identidad once millones novecientos veintisiete mil cuatrocientos noventa y nueve guión cero, en Avenida Kennedy cinco mil setecientos setenta, oficina mil doscientos quince, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; y, DOS) don NICOLÁS ANDRÉS RÍOS ZUNINO, chileno, músico, cédula nacional de identidad número diecisiete millones novecientos cuarenta y siete mil ochocientos cuarenta guión cuatro, domiciliado para estos efectos en Avenida Kennedy cinco mil setecientos setenta, oficina mil doscientos quince, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; quienes, en su calidad de únicos y actuales socios de Asesorías Jaederlund SpA acordaron transformar dicha sociedad en una sociedad de responsabilidad limitada, cuyas estipulaciones son las siguientes: Razón social: Asesorías Jaederlund Limitada. Domicilio: La sociedad tendrá su domicilio en la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros lugares del país y/o del extranjero. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: a) La prestación de servicios de asesorías, administración y organización de empresas, y de asistencia legal y técnica en general; b) La inversión en toda clase de acciones o valores mobiliarios y de renta, bonos, debentures y todo tipo de títulos de crédito y efectos públicos y, en general, toda clase de documentos negociables; c) La inversión en bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, y especialmente en derechos de sociedades, ya sean de capital, de personas o de cualquier otra especie, administrarlas, percibir sus frutos y reinvertirlos sin restricciones de ninguna especie. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, en especial podrá participar en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, cualquiera sea su objeto, ya sean colectivas, anónimas, por acciones, de responsabilidad limitada o en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria o gestora de éstas últimas. Duración: Indefinida. Capital y acciones: El capital social es la suma de doce millones de pesos, íntegramente suscrito y pagado, de la siguiente forma: don John Jaederlund Lüttecke ha pagado con anterioridad a la fecha de la escritura seis millones de pesos, siendo titular del cincuenta por ciento de las acciones y derechos en que se divide el capital social y don Nicolás Ríos Zunino ha pagado con anterioridad a la fecha de la escritura seis millones de pesos, siendo titular del cincuenta por ciento de las acciones y derechos en que se divide el capital social. Administración: La administración corresponderá al socio John Jaederlund Lüttecke, individualmente. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 24 de diciembre de 2020.