Instrumento
- Fecha
- 10 de diciembre de 2020
- Repertorio
- 7225-2020
- Notario
- JORGE REYES BESSONE
- Domicilio
- San Miguel
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Objeto social
El objeto de la Sociedad será: a) La prestación de toda clase de consultorías, asesorías y servicios en materias de inversiones, financieras, administrativas y comerciales; b) la inversión, por cuenta propia o de terceros, en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, acciones de sociedades anónimas, sociedades por acciones o sociedades en comandita por acciones, derechos en sociedades de personas, cuotas de fondos de inversión y, en general, en toda clase de valores mobiliarios y títulos de crédito o de inversión, así como la administración y la explotación de estas inversiones y sus frutos o productos; y, c) en general, realizar toda clase de operaciones que se relacionen directamente con el
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE REYES BESSONE, Notario Público Titular de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera N° 4.886, comuna de San Miguel, certifica: Que por escritura pública de fecha 10 de diciembre de 2020, Repertorio N° 7225-2020, ante mí, don Felipe Eugenio Court Rollán y doña Maria Del Pilar Ovalle Edwards constituyeron una sociedad por acciones, de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: 1. Razón Social: “ASESORÍAS E INVERSIONES LCO SpA”. 2. Objeto: El objeto de la Sociedad será: a) La prestación de toda clase de consultorías, asesorías y servicios en materias de inversiones, financieras, administrativas y comerciales; b) la inversión, por cuenta propia o de terceros, en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, acciones de sociedades anónimas, sociedades por acciones o sociedades en comandita por acciones, derechos en sociedades de personas, cuotas de fondos de inversión y, en general, en toda clase de valores mobiliarios y títulos de crédito o de inversión, así como la administración y la explotación de estas inversiones y sus frutos o productos; y, c) en general, realizar toda clase de operaciones que se relacionen directamente con el objeto social. 3. Capital: El capital de la Sociedad es la suma $1.000.000, dividido en 1.000 acciones de una misma serie, nominativas, de igual valor, sin valor nominal. El capital se suscribe y pagará por los accionistas de la siguiente manera: i) don Felipe Eugenio Court Rollán, en este acto suscribe setecientas acciones de la Sociedad, por la suma de setecientos mil pesos, que deberá pagar en dinero en efectivo u otros bienes dentro del plazo de cinco años contados desde esta fecha; y, ii) doña María del Pilar Ovalle Edwards, en este acto suscribe trescientas acciones de la Sociedad, por la suma de trescientos mil pesos, que deberá pagar en dinero en efectivo u otros bienes dentro del plazo de cinco años contados desde esta fecha. Demás estipulaciones en la escritura extractada. San Miguel, 10 de diciembre de 2020.