CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE TRANSPORTES Y MAQUINARIAS SOCOHER LIMITADA

CVE 1872914
Capital
$20.000 CLP
Fecha instrumento
23 de diciembre de 2020
Notaría
Peñalolén

Instrumento

Fecha
23 de diciembre de 2020
Notario
PEDRO PARRA AHUMADA
Domicilio
Santiago
Comuna
Peñalolén

Sociedad

Capital
$20.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PEDRO PARRA AHUMADA, Notario Público Santiago, del Titular Primera Notaría Peñalolén, con oficio en Avenida Grecia 5616, 2º Piso, certifica: Por escritura pública hoy, ante mí: don YERKO ANTONIO CELPA PAVEZ, y don JOSÉ DANILO CELPA PAVEZ, ambos domiciliados para estos efectos en Los Cerezos 5.837, comuna de La Florida, ciudad de Santiago, constituyeron sociedad civil de responsabilidad limitada con nombre “SOCIEDAD DE TRANSPORTES Y MAQUINARIAS SOCOHER LIMITADA”; 2) El objeto social será: a) el alquiler de cualquier tipo de maquinarias y equipos para la construcción; b) la demolición; c) actividades relacionadas con la preparación de terreno para la construcción; d) transporte de carga por carretera; e) actividades especializadas de construcción; f) importación, exportación, compra, venta, permuta y distribución al por menor y al mayor de artículos de ferretería y materiales de construcción; y g) en general, la realización de cualquier acto o negocio que relacione directa o indirectamente con el giro de la sociedad y que los socios acuerden efectuar, y la ejecución de todos los actos y o contratos que sean necesarios o conducentes a la realización de los fines de la sociedad antes expresados. 3) Duración de la sociedad será indefinida; 4) Capital social $20.000.000 aportados así: YERKO ANTONIO CELPA PAVEZ aporta $10.000.000.- equivalentes 50% derechos sociales, entera en este acto en caja social; JOSÉ DANILO CELPA PAVEZ aporta $10.000.000.-, equivalentes 50% derechos sociales, entera en este acto en caja social. 5) La administración, representación y uso razón social corresponderá al socio YERKO ANTONIO CELPA PAVEZ, quien actuando de esta manera y anteponiendo sus firmas a la razón social, la obligará con las más amplias facultades de administración y de disposición de bienes; 6) Los socios limitan sus responsabilidades hasta el monto de los respectivos aportes. 7) Domicilio Santiago.- Otras estipulaciones constan en dicha escritura.- Peñalolén 23 de diciembre 2020.