DISOLUCIÓN Sociedad por Acciones

Inmobiliaria Bosque Verde Quilicura SpA

RUT 76168533-3 CVE 1872663
Capital
$1.003.000 CLP
Fecha instrumento
1 de diciembre de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
1 de diciembre de 2020
Repertorio
33082/2020
Notario
EN ADMINISTRADORA DE RESTAURANTES EL MAÑIO SpA Juan Ricardo San Martin Urrejola
Oficio
Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.003.000 CLP

Personas y entidades (3)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
INVERSIONES NUEVA SAN BARTH LIMITADA socio 76683586-4
INVERSIONES NUEVA LILIAN LIMITADA socio 76683598-8
INVERSIONES NUEVA JUATOMIAN LIMITADA socio 76683602-K

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FUSIÓN DE SOCIEDAD “INMOBILIARIA BOSQUE VERDE QUILICURA SpA” EN ADMINISTRADORA DE RESTAURANTES EL MAÑIO SpA Juan Ricardo San Martin Urrejola, Notario Público Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos Nº 835, piso 18, comuna y ciudad de Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 1 de diciembre de 2020, Repertorio Nº 33.082/2020, ante mí, comparecieron: UNO) (i) INVERSIONES NUEVA SAN BARTH LIMITADA, Rol Único Tributario Nº 76.683.586-4, (ii) INVERSIONES NUEVA LILIAN LIMITADA, Rol Único Tributario Nº 76.683.598-8, (iii) INVERSIONES NUEVA JUATOMIAN LIMITADA, Rol Único Tributario Nº 76.683.602-K, y (iv) ADMINISTRADORA DE RESTAURANTES EL MAÑIO SpA Rol Único Tributario Nº 76.553.513-1; en su calidad de únicos y actuales accionistas de la sociedad “INMOBILIARIA BOSQUE VERDE QUILICURA SpA”, Rol Único Tributario Nº 76.168.533-3, inscrita a Fojas 52.286, Número 38.443 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2011, en adelante, la “Absorbida”, según consta de su Registro de Accionistas tenido a la vista; y DOS) (i) INMOBILIARIA E INVERSIONES PAULAN LIMITADA Rol Único Tributario Nº 77.198.190-9, (ii) INMOBILIARIA E INVERSIONES MILODON LIMITADA Rol Único Tributario Nº 77.006.270-5, (iii) INMOBILIARIA E INVERSIONES CERRO ALTO LIMITADA Rol Único Tributario Nº 78.953.210-9, (iv) INVERSIONES NUEVA SAN BARTH LIMITADA, (v) INVERSIONES NUEVA LILIAN LIMITADA, y (vi) INVERSIONES NUEVA JUATOMIAN LIMITADA; en su calidad de únicos y actuales accionistas de la sociedad “ADMINISTRADORA DE RESTAURANTES EL MAÑIO SpA” inscrita a Fojas 20.365, Número 11.308 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2016, en adelante, la “Absorbente”, según consta de su Registro de Accionistas tenido a la vista; todos los anteriores domiciliados para estos efectos en calle San Ignacio Nº 0201, Comuna de Quilicura, Santiago, acordaron lo siguiente: i) La fusión por incorporación de Inmobiliaria Bosque Verde Quilicura SpA en Administradora de Restaurantes El Mañío SpA, adquiriendo la segunda todos los activos y asumiendo todos los pasivos de la primera, sucediéndola en todos sus derechos y obligaciones e incorporándose a Administradora de Restaurantes El Mañio SpA, la totalidad del patrimonio y los accionistas de Inmobiliaria Bosque Verde Quilicura SpA, la que a su vez, se disuelve sin necesidad de liquidación, con vigencia y efecto contable a partir del 1 de diciembre de 2020; y ii/ Aumentar el capital de la sociedad Absorbente, esto es, Administradora de Restaurantes El Mañio SpA, de la suma de $1.003.000.000 en la suma de $683.107.638, mediante la emisión de 683.109 nuevas acciones de pago; cantidad que se paga íntegramente con el capital social de la sociedad Absorbida, quedando por tanto fijado el capital social en la suma de $1.686.107.638, dividido en 1.686.109 acciones nominativas, todas de una misma y única serie, y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado. Las nuevas acciones emitidas son entregadas directamente a los accionistas de Inmobiliaria Bosque Verde Quilicura SpA, distintos de Administradora de Restaurantes El Mañio SpA, en canje de sus acciones en la sociedad Absorbida. iii/ Como consecuencia de lo anterior, se acordó modificar el artículo Cuarto y Segundo Transitorio de los estatutos de Administradora de Restaurantes El Mañio SpA, reemplazándolos por los siguientes: “ARTÍCULO CUARTO: El capital de la sociedad es la suma de mil seiscientos ochenta y seis millones ciento siete mil seiscientos treinta y ocho pesos, dividido en un millón seiscientas ochenta y seis mil ciento nueve acciones nominativas, todas de una misma y única serie, sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas, de tal manera que cada acción dará derecho a un voto. La sociedad podrá en todos los casos poseer acciones de su propia emisión. Las acciones serán emitidas sin imprimir láminas físicas de los títulos, bastando la constancia de él o los administradores de la sociedad, basado en el Registro de Accionistas, para acreditar la calidad de accionista. Los accionistas serán responsables sólo hasta el monto de sus respectivos aportes a la sociedad, todo ello de acuerdo con el artículo cuatrocientos veintinueve del Código de Comercio. Las acciones podrán ser pagadas en dinero u otros bienes.” “ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO: El capital de la sociedad es la suma mil seiscientos ochenta y seis millones ciento siete mil seiscientos treinta y ocho pesos, dividido en un millón seiscientas ochenta y seis mil ciento nueve acciones, todas de una misma y única serie, sin valor nominal, de tal manera que cada acción tendrá derecho a un voto; que los accionistas Inmobiliaria e Inversiones Paulan Limitada, Inmobiliaria e Inversiones Milodon Limitada, Inmobiliaria e Inversiones Cerro Alto Limitada, Inversiones Nueva San Barth Limitada, Inversiones Nueva Juatomian Limitada e Inversiones Nueva Lilian Limitada han suscrito y pagado. Las acciones podrán pagarse en dinero efectivo o mediante la transferencia y cesión en dominio de toda clase de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles, incluso valores mobiliarios, acciones y derechos de cualquier naturaleza, créditos y efectos de comercio.” iii) Modificar la razón social de ADMINISTRADORA DE RESTAURANTES EL MAÑIO SpA, en el sentido de reemplazarla por “SIT INMOBILIARIA SpA”. En consecuencia, acuerdan reemplazar el artículo Primero de los estatutos sociales por el siguiente: “ARTÍCULO PRIMERO: El nombre de la sociedad será SIT INMOBILIARIA SpA. Su domicilio será la parte de la ciudad de Santiago donde tenga jurisdicción el Conservador de Bienes Raíces de Santiago, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o en el extranjero.” Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 22 de diciembre de 2020.-